Prevención de Riesgos Laborales: Conceptos Esenciales y Derechos del Trabajador

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La Prevención de Riesgos Laborales (LPRL): Conceptos Básicos

Definiciones Fundamentales

  • Prevención: Es el conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases de actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo.
  • Riesgo laboral: Es la posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo. Para calificar un riesgo desde el punto de vista de su gravedad, se valorarán conjuntamente la probabilidad de que se produzca el daño y la severidad del mismo.
  • Daños derivados del trabajo: Son las enfermedades, patologías o lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo.
  • Se considera factor de riesgo de un determinado tipo de daño aquella condición del trabajo que, cuando está presente, incrementa la probabilidad de aparición de ese daño.

Condiciones de Trabajo

Una condición de trabajo es cualquier característica del mismo que pueda tener una influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad y la salud del trabajador. Incluyen:

  • Las características generales de los locales, instalaciones, equipos, productos y demás útiles existentes en el lugar de trabajo.
  • La naturaleza de los agentes físicos, químicos y biológicos presentes en el ambiente de trabajo, y sus correspondientes intensidades, concentraciones o niveles de presencia.
  • Los procedimientos para la utilización de los agentes citados que influyan en la generación de riesgos.
  • Todas aquellas características del trabajo, incluidas las relativas a su organización y ordenación, que influyan en la magnitud de los riesgos a los que esté expuesto el trabajador.

Tipos de Condiciones de Trabajo

Existen varios tipos de condiciones:

  • Condiciones de seguridad.
  • Condiciones ambientales.
  • Condiciones ergonómicas.
  • Condiciones psicosociales.

Derechos y Obligaciones de los Trabajadores

Derechos

  • Recibir información y formación sobre todas las cuestiones relativas a la prevención de riesgos laborales que le puedan concernir.
  • Paralizar la actividad laboral (mediante sus representantes laborales) en caso de riesgo grave e inminente, y poder abandonar el puesto de trabajo sin ser sancionado.
  • Vigilancia de su salud a través de reconocimientos médicos periódicos.
  • Recibir del empresario los equipos de protección individual (EPI) necesarios y adecuados.
  • Gratuidad de todas las medidas preventivas adoptadas por la empresa.

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