Prevención de riesgos laborales: conceptos, normativa y organización empresarial

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Concepto OMS

OMS: Estado completo de bienestar físico, mental y social.

Regulación de la PRL

La prevención de riesgos laborales (PRL) es una herramienta a través de la cual se integra la actividad preventiva de la empresa en su sistema general de gestión y se establece su política de prevención de riesgos laborales. El plan de prevención debe reflejarse en un documento.

Medidas de prevención y protección de riesgos

El objetivo es eliminar o reducir el riesgo y el daño. Se distinguen medidas colectivas e individuales:

  • Medidas colectivas: barreras físicas, barandillas, redes, señalización, sistemas de protección colectiva.
  • Medidas individuales: equipos de protección individual (EPIs) como mascarillas, guantes, botas, cascos, arneses, etc.

Ley PRL 31/1995

Conjunto de medidas para evitar o disminuir los riesgos laborales y mejorar las condiciones de trabajo.

Infracciones y sanciones

Infracciones: leves, graves y muy graves. Sanciones aplicables a trabajadores y empresarios; pueden implicar responsabilidades administrativas (multas), de Seguridad Social, civil y penal. En algunos supuestos se mencionan cifras máximas orientativas (por ejemplo, hasta 800.000 € en determinados casos, y cantidades para Seguridad Social como 180.000 €), además de posibles responsabilidades civiles y penales.

Organismos de PRL

Principales organismos relevantes en el ámbito europeo y nacional:

  • Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo (Eurofound).
  • Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo (EU‑OSHA, a veces referida como Agencia Europea de SST).
  • Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST), España.
  • Inspección de Trabajo y Seguridad Social (organismos autonómicos de inspección, por ejemplo: Inspección de Trabajo y Seguridad Social catalana).
  • Organismos técnicos autonómicos (servicios y centros técnicos sectoriales y territoriales).

Principios de la prevención

Principios básicos: evitar y combatir riesgos en su origen, adoptar medidas técnicas, organizativas y formativas, y sustituir lo peligroso por lo menos peligroso.

Tipos de daños laborales

  • Enfermedad profesional.
  • Accidente laboral.
  • Insatisfacción laboral.
  • Fatiga laboral.

Plan de PRL

El plan de prevención debe contemplar su estructura interna, responsabilidades, funciones, prácticas, procedimientos y procesos, así como las medidas necesarias para su aplicación.

Evaluación de riesgos laborales (ERL)

Evaluación de riesgos laborales: proceso orientado a estimar la magnitud de los riesgos laborales que no se han podido evitar. Incluye identificación de peligros, valoración del riesgo y propuestas de control.

Normas jurídicas

Las normas jurídicas establecen derechos y obligaciones que, en caso de incumplimiento, pueden acarrear sanciones. Son aprobadas por el Congreso de los Diputados y el Senado, el Gobierno y los parlamentos autonómicos según sus competencias.

Principales normas jurídicas

  • Directiva europea 89/391/CEE (principios generales sobre la prevención de riesgos).
  • Convenio 155 de la OIT (seguridad y salud de los trabajadores).
  • Artículo 40.2 (referencias normativas nacionales, según el contexto).
  • Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/1995).
  • Real Decreto Legislativo 5/2000 (texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, entre otras materias relacionadas).

Organización de la prevención en la empresa

Modalidades de organización interna:

  • Asunción personal por el empresario (el propio empresario asume las funciones preventivas si reúne la formación y el tiempo necesario).
  • Trabajadores designados (trabajadores a quienes se asignan determinadas funciones en materia preventiva).
  • Servicio de prevención propio (recursos humanos y técnicos en la propia empresa).
  • Servicio de prevención ajeno (contratación de servicios externos especializados).

Personal delegado de prevención

Los delegados de prevención son los representantes de los trabajadores con funciones específicas en materia de salud y seguridad laboral: vigilancia de la salud laboral, proposición de mejoras, participación en la evaluación de riesgos y en la planificación preventiva.

Notas finales

Se recomienda que toda empresa documente su política de prevención, implemente el plan de PRL y forme/informe adecuadamente a su personal, garantizando así el cumplimiento normativo y la protección de la salud de los trabajadores.

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