Principio de Igualdad: Valor social universal y reconocimiento constitucional

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Artículo 1: España, Estado social y democrático de derecho, que propugna valores de igualdad

Artículo 14: Los españoles son iguales ante la ley, sin discriminación de sexo.

Artículo 9.2: Los poderes públicos promoverán las condiciones para que la libertad e igualdad sean reales y efectivas.

Principio jurídico universal en textos internacionales

Ley Orgánica 3/2007 en el ámbito laboral destacamos:

  • Acceso al empleo y trabajo por cuenta propia
  • Formación profesional
  • Condiciones laborales
  • Afiliación y participación en organizaciones sindicales y empresariales
  • Planes de Igualdad

Ley 12/2007, de 26 de noviembre para la promoción de la igualdad de género en Andalucía.

Desarrolla los mandatos de la Ley Orgánica 3/2007.

Desarrolla entramado de participación institucional en el ámbito andaluz.

Especial consideración Concertación Social.

Comentario: Declaraciones programáticas.

No discriminación

Ausencia de perjuicio o desventaja, ya sea directa o indirecta, como consecuencia de elegir, en ocasiones, en base al sexo.

Discriminación directa: es la que genera situaciones por las cuales una persona en base a su sexo es, ha sido o será tratada de forma menos favorable que otra en una situación comparable.

Por ejemplo, no contratar a mujeres en el ejército por el hecho de ser mujer.

Ejemplo oficiala de 1º cobra menos que oficial de 1º recogido en propio convenio.

Discriminación indirecta: una disposición, criterio o práctica neutral aparentemente, provoca desventajas sobre personas de un sexo concreto.

Por ejemplo, para acceder a un cuerpo militar, se exige tener el servicio militar cumplido.

Otro ejemplo, para acceder a una categoría profesional se exige una titulación que de forma probada, no suelen darse en un determinado sexo.

Acciones positivas

Designan las políticas o acciones favorables o preferentes a grupos de población que se encuentran en situación de desventaja social basadas en actitudes, comportamientos y estructuras existentes.

No trata de prevenir y sancionar acciones discriminatorias.

Sí busca hacer efectivo el principio de igualdad por medio de POLÍTICAS ACTIVAS.

Discriminación positiva: medida que incide de forma obligatoria y que busca privilegiar a un colectivo muy concreto.

La acción positiva incide en el punto de partida.

La discriminación positiva afecta al punto de llegada porque busca garantizar el resultado.

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