Principios, Derechos y Deberes en el Ámbito Laboral
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Principios de Aplicación del Derecho Laboral
- Principio de norma mínima: La norma general debe ser respetada por la norma más específica.
- Principio de norma más favorable: Se aplica la norma más favorable para el trabajador de entre todas las opciones legales existentes.
- Principio de irrenunciabilidad de derechos: Los trabajadores no pueden renunciar a los derechos que tengan reconocidos en las disposiciones legales y en los convenios colectivos.
- Principio de condición más beneficiosa: El trabajador tiene derecho a conservar los beneficios obtenidos por concesión unilateral del empresario cuando estos se conceden con una voluntad clara y continuidad en el tiempo.
- Principio in dubio pro operario: En caso de duda en la interpretación de una norma, se resolverá siempre a favor del trabajador.
Derechos Básicos del Trabajador
- Trabajo y libre elección de la profesión: Derecho fundamental a elegir libremente su actividad laboral.
- Libre sindicación: El trabajador tiene la libertad de afiliarse o no a un sindicato para la defensa de sus intereses.
- Negociación colectiva: Los trabajadores y empresarios establecen, a través de la negociación, las condiciones de trabajo aplicables.
- Adopción de medidas de conflicto colectivo: Derecho a utilizar medidas de presión legalmente admitidas (como encierros o manifestaciones).
- Reunión: Los trabajadores pueden reunirse en asamblea dentro de la empresa, siempre que no se interrumpa la jornada laboral.
- Huelga: Es una medida de conflicto colectivo que implica el cese de la actividad. Se rige por el principio de "no trabajo, no cobro".
- Información, participación y consulta en la empresa: Los trabajadores tienen el derecho a participar junto al empresario en la toma de determinadas decisiones que afecten a la plantilla.
Derechos en Relación con el Trabajo
- Ocupación efectiva: Derecho a desarrollar efectivamente las funciones pactadas en el contrato de trabajo.
- Promoción y formación profesional: Derecho a ascender dentro de la estructura de la empresa y a seguir formándose académicamente mientras se trabaja.
- Igualdad y no discriminación: El trabajador no puede ser discriminado por razón de sexo, edad, religión, raza o cualquier otra condición personal o social.
- Integridad física y adecuada política de protección y seguridad: El empresario tiene el deber de velar por la salud e integridad física de sus empleados mediante la prevención de riesgos.
- Respeto a la intimidad y a la dignidad: Protección frente a ofensas verbales, físicas y de naturaleza sexual, garantizando la dignidad del empleado.
- Percepción puntual del salario: Derecho a recibir la remuneración económica en la fecha y forma legalmente establecidas.
- Ejercicio individual de las acciones derivadas del contrato de trabajo: Derecho a reclamar judicial o extrajudicialmente el cumplimiento de las cláusulas contractuales.
Deberes Laborales
- Tener buena fe y diligencia: Actuar con honestidad y eficiencia en el desempeño de las tareas.
- Cumplir las obligaciones del puesto de trabajo: Realizar las funciones encomendadas de acuerdo con las normas de la empresa.
- Observar las medidas de prevención de riesgos laborales: Cumplir estrictamente con las normas de seguridad y salud para evitar accidentes.
- Cumplir las órdenes e instrucciones del empresario: Acatar las directrices de la dirección siempre que se ejerzan de forma legal y dentro de las facultades directivas.
- No competir con la actividad de la empresa: Deber de no realizar actividades por cuenta propia o ajena que supongan competencia desleal.
- Contribuir a la mejora de la productividad: Colaborar activamente para optimizar el rendimiento y los resultados de la organización.
- Demás deberes derivados del contrato: Cumplir con cualquier otra obligación específica pactada de forma legítima en el contrato de trabajo.