Principios de Interpretación y Efectos Jurídicos de los Contratos

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Reglas de Interpretación Contractual

La interpretación de los contratos debe regirse por los siguientes principios fundamentales:

  • Literalidad: Cuando los términos o cláusulas son claros y precisos, no deben dejarse lugar a dudas o errores.
  • Términos contrarios: Cuando la intención de las partes es evidente, esta prevalece sobre el sentido literal de las palabras.
  • Generalidad de términos: Independientemente de la generalidad de los términos, no deben entenderse comprendidos casos distintos a los que las partes quisieron contratar.
  • Cláusulas dudosas: Ante una cláusula ambigua, debe preferirse la interpretación que sea más adecuada para que el contrato produzca efectos legales.
  • Interpretación sistemática: Las cláusulas deberán interpretarse unas por otras, atribuyendo a las dudosas el sentido que resulte del conjunto de todas.
  • Palabras con varios significados: Se tomará la acepción más adecuada a la naturaleza y objeto del contrato.
  • Usos y costumbres:
    • Uso: Conducta reiterada adoptada y aceptada por las partes en un grupo social.
    • Costumbre: Además del uso reiterado, debe contar con la convicción jurídica de quienes pactaron.
  • Imposibilidad de resolver dudas:
    1. Si la duda recae sobre elementos accidentales, la cláusula es nula.
    2. Si recae sobre el objeto principal del contrato, se producirá la nulidad absoluta.

Efectos de los Contratos

  • Obligatoriedad: El contrato es obligatorio siempre que haya existido voluntad de las partes.
  • Intangibilidad: El contrato no puede ser alterado, modificado o revocado unilateralmente, salvo disposición legal en contrario.
  • Relatividad: Los efectos del contrato solo alcanzan a quienes lo pactaron.
  • Oponibilidad: El contrato es oponible no solo entre las partes, sino frente a terceros.
  • Seguridad: Un contrato válido garantiza su cumplimiento, salvo que se presente la teoría de la imprevisión (Rebus sic stantibus), la cual surge ante acontecimientos extraordinarios, generalmente en contratos aleatorios.

Clasificación de los Contratos

  • Preparatorio: Promesa.
  • Traslativos de dominio: Compraventa, permuta, donación, mutuo.
  • Traslativos de uso: Arrendamiento, subarrendamiento, comodato.
  • Custodia: Depósito, secuestro.
  • Prestación de servicios: Mandato, prestación de servicios profesionales, obra a precio alzado.
  • Asociativos: Asociaciones, sociedades.
  • Aleatorios: Juegos y apuestas, renta vitalicia.
  • Garantía: Fianza, prenda, hipoteca.
  • Esclarecimiento de derechos: Transacción, arbitraje.

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