Principios Jurídicos y Organización del Gobierno Central

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1. La Administración General

La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los siguientes principios fundamentales:

  • Eficacia: Las Administraciones deben actuar con unos objetivos claros que permitan promover el bien común.
  • Jerarquía: Dentro de las Administraciones existen diferentes órganos de rango superior que indican las instituciones y las directrices que deben cumplir.
  • Descentralización: Las prestaciones que recibe el ciudadano tienen que estar gestionadas por las Administraciones más próximas a él.
  • Desconcentración: Un órgano superior transfiere una competencia a un órgano inferior.
  • Coordinación: Los diferentes órganos tienen que actuar de forma conjunta.
  • Legalidad: Las Administraciones actúan sometidas al cumplimiento estricto de las leyes vigentes.

1.1 La Administración Central

Es de ámbito estatal y está constituida por el Gobierno, el cual cumple una serie de funciones políticas y administrativas; es decir, es la manifestación del Poder Ejecutivo.

El Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado.

Composición del Gobierno

El Gobierno está formado por los siguientes órganos:

  • El Presidente del Gobierno: Elegido por las Cortes Generales, sus funciones principales son:
    • Dirigir las actuaciones del Gobierno y coordinarlas.
    • Decidir la composición del Gobierno.
    • Convocar y presidir la reunión del Consejo de Ministros.
    • Plantear una moción de confianza.

El Presidente plantea una moción de confianza cuando desea que se le confirme el apoyo a su programa de gobierno. La moción se supera con el voto afirmativo de la mayoría simple.

  • Consejo de Ministros: Todos los miembros del Gobierno se reúnen bajo la dirección del Presidente del Gobierno. Las reuniones son semanales, excepto cuando se convoca una reunión extraordinaria.
  • Vicepresidentes: Pueden ser uno o más, y son nombrados directamente por el Presidente del Gobierno.
  • Comisiones Delegadas del Gobierno: Son creadas por el Gobierno con el objetivo de coordinar las actuaciones de diferentes Ministerios.
  • Ministerios: Están dirigidos por la figura del Ministro, elegido por el Presidente del Gobierno. Se especializan en un área de gestión específica.

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