Principios de Justicia y Legitimidad: Iusnaturalismo Escolástico y la Doctrina de la Guerra Justa
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Justicia, Legalidad y Legitimidad: Fundamentos Conceptuales
La palabra justicia posee dos significados principales. En primer lugar, la justicia consiste en la conformidad de un comportamiento o norma con la legalidad, es decir, con el conjunto de leyes en vigor. En este sentido, las leyes son justas si son legítimas.
Las leyes que rigen la convivencia de una comunidad responden a unos valores morales o principios normativos, de los que se deriva cómo deben ser esas leyes. Por eso, diremos que la legitimidad de las leyes consiste en que son como deben ser según se deriva de los valores morales que deben promover. Estos valores son el principio de legitimidad de las leyes: si los asumen, son legítimas, y serán ilegítimas si no los respetan. En este contexto, la justicia es la condición necesaria y suficiente de la legitimidad de la ley.
El Iusnaturalismo Escolástico: Naturaleza Humana y Derechos
El principio normativo al que deben atenerse las leyes es la promoción del mejor desarrollo posible de la naturaleza humana. Esta se convierte en el principio normativo de la ley de raíz aristotélica e, inspirándose en Santo Tomás y en Francisco Suárez, se desarrolló en la España de los siglos XVI y XVII.
Entre sus representantes más destacados se encuentran Francisco de Vitoria, Bartolomé de las Casas y Fernando Vázquez de Menchaca. Estos pensadores abordaron la cuestión de si los indios de la América conquistada tenían los mismos derechos que los ciudadanos de la metrópolis. La respuesta mayoritariamente fue que sí, pues los derechos nacen de la naturaleza humana, tanto para indios como para europeos.
Por ejemplo: el ser humano, en su dimensión sustancial, expresa la tendencia a conservar su existencia, por lo que estarán fundamentadas las normas que prescriban no matar a otros seres humanos.
Reflexión sobre la Guerra Justa en el Iusnaturalismo Escolástico
Para Francisco Suárez y Francisco de Vitoria, sería justa aquella guerra cuyo uso de la violencia esté justificado y sea proporcionado. Esto se da en los siguientes casos:
Justificación del Uso de la Violencia:
- La causa es justa (por ejemplo, reconquistar algo injustamente perdido, castigar el mal, defenderse ante un ataque potencial o en vías de realizarse).
- La guerra la inicia una autoridad legítima (por ejemplo, el soberano).
- La intención es justa.
- La guerra sea el último recurso.
Proporcionalidad del Uso de la Violencia:
- No se causa destrucción innecesaria.
- Se respeta el principio de inmunidad de los no combatientes (peregrinos, campesinos, mujeres, niños, etc.).