Procedimientos de Investigación Penal: Inspecciones, Allanamiento e Interceptación de Comunicaciones
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Las Inspecciones, el Allanamiento y la Ocupación e Interceptación de Correspondencia y Comunicaciones
I. Diligencias de Inspección
Inspecciones: Es un medio de prueba que consiste en examinar cosas u objetos que guarden relación con un hecho. Abarca lugares, cosas, rastros, etc.
II. Gestión de Evidencias y Cadena de Custodia
Cadena de Custodia
La cadena de custodia es la garantía legal que permite el manejo idóneo de las evidencias, con el objeto de evitar su modificación, alteración o contaminación. Esta comprende las siguientes fases:
- Fijación
- Colección
- Embalaje
- Rotulado y etiquetado
- Preservación
- Traslado de las evidencias
Áreas de Resguardo de Evidencias
En cada órgano de investigación penal se destinará un área específica para el resguardo de las evidencias que se recaben durante las investigaciones penales, de conformidad con las especificaciones del Manual de Procedimientos en Materia de Cadena de Custodia de Evidencias.
III. Allanamiento
El allanamiento es aquel que se practica en una morada, oficinas públicas o privadas, establecimiento comercial, entre otros. Para su ejecución, se requerirá la orden escrita del Juez.
Procedimiento del Allanamiento
- La orden de allanamiento será notificada a quien habite el lugar o se encuentre en él, entregándole una copia.
- Si el notificado se resiste o nadie responde a los llamados, se hará uso de la fuerza pública para entrar.
- Este procedimiento deberá constar detalladamente en el acta correspondiente.
IV. Levantamiento e Identificación de Cadáveres
Muerte Violenta
En caso de muerte violenta, antes de procederse a la inhumación del occiso, la policía de investigaciones penales, auxiliada por el médico forense, realizará:
- La inspección corporal preliminar.
- La descripción de la posición y ubicación del cuerpo.
- Evaluación del carácter de las heridas.
- Los reconocimientos que sean pertinentes, además de las diligencias que le ordene el Ministerio Público.
Muerte en Accidentes de Tránsito
En los casos de muerte causada en accidentes de tránsito, y si los órganos encargados no pueden hacerse presentes en el lugar del suceso, el levantamiento del cadáver y las actuaciones podrán ser realizados por un oficial del Servicio de Tránsito Terrestre, auxiliado por el médico forense, así como su traslado a la morgue correspondiente.