Procedimientos legales para constituir una sociedad

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Otorgamiento de escritura Pública:

Documento en el que se plasman las declaraciones de los socios recogidas en los estatutos.

Certificado negativo de denominación social:

Se hace presencialmente en el Registro Mercantil Central, ¿cuándo? Antes del otorgamiento de la escritura pública.

Estatutos de la sociedad:

La denominación social, el objeto social, el domicilio social, el capital social y participaciones o acciones en que se divida, modos de organizar la administración de la sociedad, modo de deliberar y adoptar los acuerdos de los órganos colegiados de la sociedad.

Liquidación del impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados

¿Dónde?: Se presenta pago y liquidación en las consejerías de hacienda de las comunidades autónomas donde esté domiciliada la sociedad. ¿Cuándo?: 30 días hábiles a partir del otorgamiento de la escritura pública ante el notario.

Inscripción en el registro mercantil

Para qué: Para que pueda ser conocida la situación jurídico-mercantil de la sociedad por todas las personas interesadas. ¿Dónde?: Registro Mercantil Provincial del domicilio de la empresa. ¿Cuándo?: En un plazo no superior a 30 días después de firmar la escritura de constitución ante notario y 2 meses para las Cooperativas.

Delegaciones y Administraciones de la Agencia Tributaria (¿dónde?)

Trámite: (alta en el censo de empresarios y profesionales y posteriores modificaciones.) ¿Cuándo? ALTA: Antes de iniciar la actividad. MODIFICACIÓN: 1 mes desde el día siguiente de hacer las modificaciones.
Declaración de Alta en Impuesto sobre actividades económicas.
¿Cuándo? Antes de que pase un mes desde el inicio de la actividad.

Dirección provincial de la Tesorería de la Seguridad Social (¿dónde?)

- Afiliación y número de la SS de los socios/// ¿Cuándo?: Después del alta del socio en cualquier régimen de la Seguridad Social. --- Alta en el Régimen de los Trabajadores Autónomos/// ¿Cuándo?: En los 30 días naturales después del inicio de la actividad. --- Alta Régimen General de la Seguridad Social// ¿Cuándo?: Antes de empezar la relación laboral con la empresa. --- Inscripción de la empresa en la Seguridad Social./// ¿Cuándo?: Antes de contratar al primer trabajador

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