Promoción interna y reclutamiento laboral

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La promoción interna

Consiste en recolocar a una persona que ocupa un puesto de trabajo en otro de la misma empresa que, normalmente, implica más y mejores competencias, más responsabilidades y, por ende, mayores retribuciones. En muchas ocasiones es un importante elemento de motivación para los trabajadores.

Reclutamiento interno

Consiste en la captación de candidaturas que ya conoce la empresa y sus procesos internos, con lo cual el proceso de reclutamiento parte de la plantilla de la empresa mediante procesos de promoción interna. De esta forma, la implantación es más rápida y económica.

Reclutamiento externo

Consiste en la captación de candidaturas de personas ajenas a la empresa, utilizando diversas fuentes de ofertas de trabajo:

  • Agencias de colocación
  • Técnicas de internet

Marco normativo laboral

Estatuto de los trabajadores: Es la norma básica que fundamenta todo el marco normativo laboral. La gran mayoría de las referencias legales del ámbito laboral están contenidas en esta ley.

Ley de libertad sindical.

Normas laborales de la Unión Europea: Son las normativas europeas que tienen la finalidad de garantizar un mínimo nivel de vida de los trabajadores, así como la equiparación de las condiciones de trabajo en todos los países miembros, y que se fundamenta en la libre circulación de la mano de obra en todo el territorio de la Unión Europea.

Convenios colectivos: Son los acuerdos pactados entre los representantes de los trabajadores y de las empresas de un sector de actividad (negociación colectiva), donde se fijan las condiciones de trabajo y las normas de convivencia que se aplicarán durante un periodo determinado. Lo que se pacte en los convenios colectivos siempre tiene que respetar las normas contenidas en el Estatuto de los Trabajadores, y en ningún caso las puede empeorar, aunque sí mejorar.

Contrato de trabajo: Es un acuerdo de ámbito privado por el que el trabajador y la empresa pactan las características de la relación laboral por cuenta ajena, respetando siempre las condiciones mínimas estipuladas en el convenio colectivo correspondiente a la empresa o al sector de actividad en cuestión. Contrato de trabajo

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