Psicología paciente terminal pdf

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EL LÍMITE DEL DEBER DE CURAR

¿Dónde y cuando está ese límite?

• Ante la inminencia De una muerte inevitable, a pesar de los medios empleados, es lícito en Conciencia tomar

la decisión de Renunciar a unos tratamientos que procurarían únicamente una prolongación Precaria y penosa de la

existencia. Obviamente Es claro que nunca se deben interrumpir sin embargo las curas normales debidas Al enfermo en casos similares. Por esto, el médico no tiene motivo de angustia, Como si no hubiera prestado asistencia a una persona en peligro. Esto significa Que los médicos podrían dejar de aplicar ciertos tratamientos si la muerte del paciente es inevitable y la aplicación de dichos tratamientos origina en el Paciente dolor y sufrimiento.


Si los tratamientos utilizados no tienen nada que ver con el dolor que padece El enfermo, no podrían moralmente ser

retirados y para Calmar ese dolor se podrían aplicar analgésicos, los cuales si están Permitidos.

Otro punto a tener en Cuenta en esa declaración, es la obligación de mantener las curas normales Debidas al enfermo aunque su muerte sea inevitable. En una decisión así, Confluyen con frecuencia elementos diversos, lamentablemente convergentes en Este terrible final. Puede ser decisivo, en el enfermo, el sentimiento de Angustia, de exasperación

e incluso Desesperación, provocado por una experiencia de dolor extenso y prolongado.

Esto supone una dura Prueba para el equilibrio a veces ya inestable de la vida familiar y personal, de Modo que, por una parte el enfermo – no obstante la ayuda cada vez más eficaz De la asistencia médica y social - corre el riesgo de

sentirse abatido por la Propia fragilidad; por otra, en las personas vinculadas afectivamente con el enfermo, Puede surgir un sentimiento de comprensible aunque equivocada piedad. Todo este Se ve agravado por un ambiente cultural que no ve en el sufrimiento ningún Significado en el sacrificio.

-No es licito Renunciar a cuidados o tratamientos proporcionados y disponibles, cuando se Saben que resultan eficaces, aunque sea solo parcialmente.

En concreto, no se ha De omitir el tratamiento a enfermos en coma si existe alguna posibilidad de Recuperación.

-No hay obligación de Someter al paciente terminal a nuevas intervenciones quirúrgicas, cuando no se Tiene la fundada esperanza de hacerle más llevadera su vida.

-Es lícito suministrar Narcóticos y analgésicos que alivien el dolor, aunque atenúen la consciencia y Provoquen de

modo secundario un Acortamiento de la vida del paciente, con tal que la acción sea calmar el dolor Y no acelerar

disimuladamente su Muerte.

-Es lícito dejar de Aplicar procedimientos extraordinarios a un paciente en coma cuando haya Perdido toda actividad cerebral.

Pero no lo es cuando El cerebro del paciente conserva ciertas funciones vitales, si esa omisión le Provoca muerte

inmediata.

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