Recursos de constitucionalidad de las leyes: tipos y naturaleza

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RECURSOS DE CONSTITUCIONALIDAD DE LAS LEYES. TIPOS Y NAT.

Dentro del control de la constitucionalidad de las leyes, podemos distinguir dos tipos: el primero de ellos el recurso directo, o ``recurso de inconstitucionalidad´´ , cuyo objeto es la determinación en abstracto de la inconstitucionalidad de una norma; y en segundo lugar, el recurso indirecto, ``cuestión de inconstitucionalidad´´, el cual tiene por objeto la concreción de la inconstitucionalidad de una norma, en función de un proceso ordinario donde se cuestiona su aplicación .

Elrecurso de inconstitucionalidad, se trata de un control abstracto de normas, originándose por una discrepancia abstracta sobre la interpretación del texto constitucional en relación a su compatibilidad con una ley singular.

 Por todo ello, en la doctrina alemana se habla de un ``proceso objetivo´´, en el que los órganos que lo han iniciado actúan como defensores abstractos de la CE. Es un procedimiento unilateral sin partes o litigantes.

Por el contrario, en lacuestión de inconstitucionalidad, la problemática de la posición de inconstitucionalidad de una norma surge como una cuestión incidental previa a la aplicación de la referida norma

Se trata De depurar el ordenamiento jurídico de normas inconstitucionales, entendiendo La inconstitucionalidad por el Tribuna como `` un juicio de contraste entre dos Nomas, al que subsigue una consecuencia jurídica´´.

Las dos vías procesales persiguen un objetivo en común: la preservación de la Constitucionalidad de las leyes; aunque la naturaleza es diferente.

En el recurso de inconstitucionalidad, establece que la función de garantía que cumple el Tribunal y el recurso, se proyecte hacia la legitimación de recurrir, de tal Modo que cuando el órgano constitucional decide formular el recurso, pone de Manifiesto un interés público objetivo que lo salvaguarda el Tribunal, Garantizando la supremacía de la Constitución. El juicio del Tribunal se ha de limitar a Determinar la comodidad con la Constitución de la Ley impugnada. 

Esta declaración de conformidad con la Constitución presenta un matiz muy importante en las ``sentencias Interpretativas´´, que son las que declaran la constitucionalidad de un precepto impugnado. El Tribunal ha manifestado Que la procedencia de estas sentencias no pueden ser objeto de pretensiones de Los recurrentes, solo pueden solicitarlas.

Por otra parte, la cuestión de Inconstitucionalidad presenta una mayor amplitud que el recurso, ya que Corresponde a cualquier órgano judicial.

La cuestión de inconstitucionalidad es un instrumento puesto a disposición de los órganos judiciales Para conciliar la doble obligación en que se encuentren de actuar sometidos a La ley y a la Constitución.

La depuración continua del ordenamiento, y la Acción del propio legislador, es resultado de una colaboración necesaria entre Los órganos del Poder Judicial y el Tribunal Constitucional, ya que solo por la Vía de cuestión inconstitucionalidad, y no por el recurso, cabe tomar en Consideración el efecto que la cambiante realidad social opera sobre el Contenido de las normas.

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