Régimen Jurídico del Cheque: Requisitos, Plazos de Caducidad y Tipología Documental
Requisitos Esenciales del Cheque
Las cláusulas que deben contener los cheques son:
- Nombre del beneficiario.
- Nombre del librado (la entidad bancaria).
- Lugar y fecha de expedición.
- La cantidad girada, expresada en letras y números.
- La firma del girador.
Plazos Legales para la Presentación al Cobro
El plazo para cobrar un cheque es de 60 o 90 días, contados a partir de la fecha de su giro.
Plazo de 60 días
Aplica cuando los cheques son girados en una plaza (localidad) y son cobrados en la misma.
Plazo de 90 días
Aplica cuando los cheques son girados en una plaza y son cobrados en otra.
Los cheques que no son cobrados dentro del plazo que señala la ley caducan. En tal caso, las entidades bancarias (librados) no tienen la obligación de pagarlos.
Caducidad del Cheque
Un cheque caduca cuando se presenta al cobro fuera del plazo legal establecido.
Revalidación del Cheque
Si un cheque caduca, el beneficiario puede recurrir al girador para que autorice al librado (banco) su pago. Esta autorización recibe el nombre de revalidación.
La revalidación es el acto mediante el cual el girador, con su firma, ordena al banco su pago a pesar de su caducidad. Consiste en estampar la expresión "Revalidado", la fecha y la firma del girador.
Recibo o Cancelación del Cheque
Se refiere al escrito puesto sobre el anverso del documento, por medio del cual el tenedor manifiesta haber recibido conforme el dinero de parte del banco. Consiste en firmar sobre el anverso del cheque en forma atravesada (generalmente como constancia de pago).
Clasificación y Tipos de Cheques
Cheque al Portador
Es aquel que no lleva tachada ninguna expresión restrictiva, por lo tanto, puede cobrarlo cualquier persona que lo posea.
Cheque a la Orden
Es aquel que lleva tachada la expresión "o al portador". En este caso, el cheque solo puede ser cobrado por la persona a cuyo nombre se extendió.
Sin embargo, la ley permite que este cheque pueda ser cobrado por otra persona si se realiza el endoso.
El Endoso
El endoso es el escrito puesto en el reverso del documento, por medio del cual el tenedor transfiere su dominio (propiedad) a un tercero.
Cheque Nominativo (No a la Orden)
Es aquel que lleva tachadas las palabras "a la orden de" y "o al portador", lo que lo hace intransferible. Solo puede ser cobrado por la persona a cuyo nombre fue extendido.
Cheque Cruzado
Es aquel que lleva sobre su anverso dos líneas paralelas y transversales. Por tal motivo, solo puede ser presentado al cobro por una entidad bancaria, lo que significa que este tipo de cheque solo puede depositarse en una cuenta.