Régimen Jurídico de los Derechos Fundamentales del Empleado Público Local
Clasificado en Formación y Orientación Laboral
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Derechos de los Empleados Públicos Locales
Derechos de Carácter Individual
Derechos Funcionales
El funcionario goza de los siguientes derechos:
- Derecho de inamovilidad.
- Derecho al desempeño efectivo de las funciones.
- Derecho a la progresión en la carrera profesional y promoción interna.
- Derecho a participar en la consecución de los objetivos atribuidos a la unidad donde preste sus servicios y a ser informado por sus superiores de las tareas a desarrollar.
- Derecho a la defensa jurídica.
Derechos Económicos
Los funcionarios tienen derecho a percibir las retribuciones y las indemnizaciones por razón del servicio. Las retribuciones se clasifican en:
- Retribuciones Básicas: Que son el sueldo y los trienios.
- Retribuciones Complementarias: Incluyen el complemento de destino, complemento específico, complemento de productividad y las gratificaciones.
Derechos Laborales
Se integran en esta categoría aquellos derechos del funcionario vinculados a su condición de trabajador por cuenta ajena y que, aun sometidos a un régimen jurídico especial, son coincidentes con los de cualquier empleado.
Vacaciones y Jornada
- Vacaciones: Todo funcionario tiene derecho a 22 días hábiles o a los días que correspondan proporcionalmente si el tiempo de servicio durante el año fue menor.
- Jornada de trabajo: Se adoptarán medidas de flexibilización horaria para garantizar la conciliación de la vida familiar y laboral de los empleados.
Permisos
Los permisos se concederán en los siguientes casos:
- Por fallecimiento, accidente o enfermedad grave de un familiar dentro del primer grado de consanguinidad.
- Por traslado de domicilio.
- Por el ejercicio de funciones sindicales.
- Para concurrir a exámenes.
- Para la realización de exámenes prenatales.
- Por nacimiento de hijos.
- Por razones de guarda legal.
- Para atender al cuidado de un familiar de primer grado, entre otros.
Otros Derechos Laborales
Dentro de los derechos laborales también están:
- El derecho a la formación continua.
- Los derechos a las prestaciones de la Seguridad Social.
- El teletrabajo.
Derechos Vinculados al Ejercicio de Derechos Reconocidos en la Propia Constitución
- El respeto de su intimidad, orientación sexual, propia imagen y dignidad en el trabajo.
- A la no discriminación por razón de nacimiento, origen racial o étnico, género, sexo u orientación sexual, religión o cualquier otra circunstancia personal o social.
- A la libertad de expresión y asociación profesional.
- A la adopción de medidas que favorezcan la conciliación de la vida personal.
- A recibir protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo.
Derechos Individuales Ejercidos Colectivamente
Derecho a la Libertad Sindical
Derecho a la Negociación Colectiva, Representación y Participación Institucional
Negociación Colectiva
Por negociación colectiva se entiende el derecho a negociar la determinación de condiciones de trabajo de los empleados de la Administración Pública.
Representación
Por representación se entiende la facultad de elegir representantes y constituir órganos unitarios a través de los cuales se instrumente la interlocución entre las Administraciones Públicas y sus empleados.