Régimen Jurídico de los Derechos Fundamentales del Empleado Público Local

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Derechos de los Empleados Públicos Locales

Derechos de Carácter Individual

Derechos Funcionales

El funcionario goza de los siguientes derechos:

  • Derecho de inamovilidad.
  • Derecho al desempeño efectivo de las funciones.
  • Derecho a la progresión en la carrera profesional y promoción interna.
  • Derecho a participar en la consecución de los objetivos atribuidos a la unidad donde preste sus servicios y a ser informado por sus superiores de las tareas a desarrollar.
  • Derecho a la defensa jurídica.

Derechos Económicos

Los funcionarios tienen derecho a percibir las retribuciones y las indemnizaciones por razón del servicio. Las retribuciones se clasifican en:

  • Retribuciones Básicas: Que son el sueldo y los trienios.
  • Retribuciones Complementarias: Incluyen el complemento de destino, complemento específico, complemento de productividad y las gratificaciones.

Derechos Laborales

Se integran en esta categoría aquellos derechos del funcionario vinculados a su condición de trabajador por cuenta ajena y que, aun sometidos a un régimen jurídico especial, son coincidentes con los de cualquier empleado.

Vacaciones y Jornada

  • Vacaciones: Todo funcionario tiene derecho a 22 días hábiles o a los días que correspondan proporcionalmente si el tiempo de servicio durante el año fue menor.
  • Jornada de trabajo: Se adoptarán medidas de flexibilización horaria para garantizar la conciliación de la vida familiar y laboral de los empleados.

Permisos

Los permisos se concederán en los siguientes casos:

  • Por fallecimiento, accidente o enfermedad grave de un familiar dentro del primer grado de consanguinidad.
  • Por traslado de domicilio.
  • Por el ejercicio de funciones sindicales.
  • Para concurrir a exámenes.
  • Para la realización de exámenes prenatales.
  • Por nacimiento de hijos.
  • Por razones de guarda legal.
  • Para atender al cuidado de un familiar de primer grado, entre otros.

Otros Derechos Laborales

Dentro de los derechos laborales también están:

  • El derecho a la formación continua.
  • Los derechos a las prestaciones de la Seguridad Social.
  • El teletrabajo.

Derechos Vinculados al Ejercicio de Derechos Reconocidos en la Propia Constitución

  • El respeto de su intimidad, orientación sexual, propia imagen y dignidad en el trabajo.
  • A la no discriminación por razón de nacimiento, origen racial o étnico, género, sexo u orientación sexual, religión o cualquier otra circunstancia personal o social.
  • A la libertad de expresión y asociación profesional.
  • A la adopción de medidas que favorezcan la conciliación de la vida personal.
  • A recibir protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo.

Derechos Individuales Ejercidos Colectivamente

Derecho a la Libertad Sindical

Derecho a la Negociación Colectiva, Representación y Participación Institucional

Negociación Colectiva

Por negociación colectiva se entiende el derecho a negociar la determinación de condiciones de trabajo de los empleados de la Administración Pública.

Representación

Por representación se entiende la facultad de elegir representantes y constituir órganos unitarios a través de los cuales se instrumente la interlocución entre las Administraciones Públicas y sus empleados.

Derecho a la Huelga

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