Régimen de la Propiedad Inmueble del Extranjero en México

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CUESTIONARIO 4

1. EXPLIQUE BREVEMENTE EN QUÉ CONSISTE EL RÉGIMEN DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DEL EXTRANJERO EN MÉXICO

Art. 27 C.- Se establece una serie de disposiciones que limitan la propiedad inmueble del extranjero. Se determina que solo los mexicanos por nacimiento o por naturalización, y las sociedades mexicanas, tienen derecho para adquirir el dominio de tierras, aguas y sus accesiones o para obtener concesiones de explotación de minas o aguas. Se podrá conceder el mismo derecho a los extranjeros siempre que convengan ante la Secretaría de Relaciones Exteriores.

3. EXPLIQUE CUÁL ES EL OBJETIVO DE LA NUEVA LEY DE INVERSIONES EXTRANJERAS EN MÉXICO

Su objetivo es canalizar la inversión extranjera hacia el país y propiciar que esta contribuya al desarrollo nacional.

4. EN QUÉ CONSISTE EL FIDEICOMISO EN MATERIA DE INVERSIÓN EXTRANJERA EN ZONA RESTRINGIDA?

Tienen por finalidad permitir el uso y aprovechamiento de bienes inmuebles ubicados en zona restringida en favor de extranjeros (personas físicas o morales) o bien, a sociedades mexicanas con cláusula de admisión de extranjeros siempre y cuando el inmueble se destine a fines residenciales, por un periodo máximo de 50 años. El contrato de fideicomiso deberá constar en escritura pública.

6. CUÁLES SON LOS PRINCIPIOS CONFORME A LOS QUE SE RIGE EL CAPÍTULO XI DEL TLCAN EN MATERIA DE INVERSIÓN EXTRANJERA?

El trato nacional, trato de la nación más favorecida, nivel de trato y mínimo de trato.

7. EN QUÉ CONSISTEN LOS PROCEDIMIENTOS PARA LA SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS EN MATERIA DE INVERSIÓN, SEGÚN EL APARTADO B DEL CAPÍTULO XI DEL TLCAN?

Se establecen tres procedimientos:

1) Conforme a las reglas del CIADI, solo Estados Unidos de América es estado miembro.

2) El establecido por las reglas del mecanismo complementario del CIADI, cuando un estado no sea parte del CIADI (México).

3) Accesible a las tres partes por igual, que es conforme a las reglas de arbitraje de la Comisión de Naciones Unidas para el Derecho Comercial Internacional, conocida por sus siglas inglesas UNCITRAL, procedimiento que en todo caso será administrado por el CIADI.

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