Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad en Chile

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Reglamento Interno

El empleador que tenga contratados normalmente 10 o más trabajadores permanentes tiene la obligación de confeccionar un reglamento interno de orden, higiene y seguridad.

Art. 154 del Código del Trabajo

El reglamento interno debe contener información sobre:

  • Horarios de trabajo y turnos.
  • Descansos.
  • Tipos de remuneración.
  • Lugar, día y hora de pago de remuneraciones.
  • Obligaciones y prohibiciones de los trabajadores.
  • Cargos ejecutivos para plantear peticiones, reclamos, consultas y sugerencias.
  • Normas especiales según edad, sexo y discapacidad (Ley 20.422).
  • Cumplimiento de leyes de previsión, servicio militar, cédula de identidad y obligación escolar.
  • Normas e instrucciones de prevención, higiene y seguridad.
  • Sanciones por infracciones (amonestación verbal o escrita, multa hasta 25% de la remuneración diaria).
  • Procedimiento para la aplicación de sanciones.
  • Procedimiento y sanciones en caso de denuncias por acoso sexual.
  • Procedimiento para reclamos por infracción al principio de igualdad de remuneraciones.

Higiene y Seguridad

El reglamento puede establecer obligaciones para los trabajadores, como:

  • Uso correcto y cuidado de elementos de protección personal.
  • Uso de dispositivos de protección contra riesgos.
  • Conservación de elementos de trabajo.
  • Informar síntomas de enfermedad profesional o accidentes.
  • Cumplir normas internas sobre métodos de trabajo, operaciones y medidas de higiene y seguridad.

También puede establecer prohibiciones, como:

  • Retirar o inhabilitar elementos de seguridad e higiene.
  • Destruir o deteriorar material de prevención de riesgos.
  • Operar maquinarias o equipos sin autorización.

Cláusulas Mínimas del Reglamento

  • Horario de trabajo y turnos.
  • Descansos.
  • Obligaciones y prohibiciones de los trabajadores.
  • Tipos de remuneraciones.
  • Día, lugar y hora de pago de remuneraciones.
  • Cargos ejecutivos de la empresa.
  • Normas según edad y sexo de los trabajadores.
  • Cumplimiento de leyes de previsión, servicio militar y obligación escolar.
  • Normas de prevención de higiene y seguridad.
  • Sanciones por infracciones (tope 25% de la remuneración diaria).
  • Procedimiento para la aplicación de sanciones.
  • Procedimiento y sanciones en caso de denuncias por acoso sexual laboral.

Gratificación Legal

Es la parte de las utilidades que el empleador debe distribuir entre los trabajadores, con un tope equivalente a 4,75 Ingresos Mínimos Mensuales (IMM).

Servicios Patronales

  • Sistema de Salud (Isapre o Fonasa).
  • Mutualidad.
  • Seguro de Cesantía (AFC).
  • Caja de Compensación.

Pago de Cotizaciones

  • Electrónico (plazo hasta el día 13).
  • Manual (plazo hasta el día 10).

Documentación: se puede guardar por dos años.

Horas Extras

  • Pacto de horas extras: se renueva cada 3 meses.
  • Horas extraordinarias con 50% de recargo (Art. 32 Código del Trabajo).
  • Jornada extraordinaria (Art. 30 Código del Trabajo).
  • Compensación semanal (Art. 33 Código del Trabajo).
  • Colación (Art. 34 Código del Trabajo) / Restaurant (Art. 34 bis Código del Trabajo).

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