Espacios marítimos según la CONVEMAR 1982: mar territorial, zona contigua y plataforma continental

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Resumen

El documento explica el Derecho del Mar según la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982 y describe los distintos espacios marítimos. Se analizan el mar territorial, los estrechos internacionales, la zona contigua y la plataforma continental, con su régimen jurídico, sus límites y las competencias del Estado ribereño en cada caso.

Puntos clave

  • La CONVEMAR de 1982 regula los espacios marítimos y es un tratado de negociación muy compleja.
  • El mar territorial se extiende hasta 12 millas desde las líneas de base y está sujeto a soberanía plena, aunque limitada por el derecho de paso inocente.
  • El derecho de paso inocente permite a los buques atravesar el mar territorial sin poner en peligro la paz y la seguridad del Estado ribereño; no pueden parar ni fondear y deben navegar por la superficie.
  • Los estrechos internacionales unen zonas económicas exclusivas o alta mar y se rigen por el derecho de paso en tránsito, que no puede suspenderse.
  • La zona contigua se extiende hasta 24 millas desde las líneas de base, y en ella el Estado puede prevenir y perseguir infracciones aduaneras, sanitarias y de inmigración.
  • La plataforma continental comprende el lecho y subsuelo marinos hasta 200 millas o hasta donde llegue el margen continental, y el Estado ribereño tiene derecho a explorar y explotar sus recursos.

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Espacios Marítimos

El Derecho del Mar está regulado en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR) de 1982. Este tratado (uno de los que más ha costado negociar) regula los diferentes espacios marítimos.

El Mar Territorial

Es la columna de agua, el lecho y el subsuelo marinos hasta una distancia de 12 millas, medidas desde las líneas de base.

Régimen Jurídico del Mar Territorial

Está regido por el principio de soberanía territorial plena, exclusiva e inviolable. Sin embargo, esta soberanía está limitada por el “derecho de paso inocente”.

  • El derecho de paso inocente consiste en la facultad que tienen todos los buques de cualquier Estado de atravesar el mar territorial, siempre que no pongan en peligro la paz y la seguridad del Estado ribereño.
  • Los buques no pueden parar ni fondear, y tienen que ir por la superficie.
  • El Estado ribereño podría llegar a suspender este derecho para proteger la seguridad.

Estrechos Internacionales

Son aquellos estrechos que unen dos zonas económicas exclusivas o dos zonas de alta mar, siendo necesarios para la navegación internacional.

Régimen Jurídico de los Estrechos

Están regidos por el principio de soberanía territorial plena, exclusiva e inviolable, pero también están limitados por el “derecho de paso en tránsito”.

  • El derecho de paso en tránsito consiste en el derecho que tienen todos los buques y aeronaves de atravesar el estrecho sin posibilidad de suspensión, siempre que no pongan en peligro la paz y la seguridad del Estado ribereño.
  • Los submarinos no tienen por qué ir por la superficie, sino que pueden ir por inmersión.

Zona Contigua

Es la columna de agua adyacente al mar territorial hasta una distancia de 24 millas, contadas desde las líneas de base.

Esta zona está fuera del territorio del Estado, por lo que no hay soberanía territorial plena.

Competencias del Estado Ribereño en la Zona Contigua

El Estado tiene competencias de prevención y persecución de las infracciones a sus leyes y reglamentos en materia:

  • Aduanera
  • Sanitaria
  • De inmigración

Plataforma Continental

Es el lecho y subsuelo marinos hasta una distancia de 200 millas o hasta donde llegue de forma natural el margen continental.

Régimen Jurídico de la Plataforma Continental

Consiste en que el Estado ribereño tiene derecho a la explotación y exploración de los recursos de esta zona.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta qué distancia llega el mar territorial según la CONVEMAR?

El mar territorial llega hasta 12 millas, medidas desde las líneas de base. Incluye la columna de agua, el lecho y el subsuelo marinos.

¿Qué es el derecho de paso inocente?

Es la facultad de los buques de cualquier Estado de atravesar el mar territorial mientras no pongan en peligro la paz y la seguridad del Estado ribereño. Los buques no pueden parar ni fondear y deben ir por la superficie.

¿Qué diferencia hay entre el derecho de paso inocente y el derecho de paso en tránsito?

El paso inocente se aplica en el mar territorial y el Estado ribereño puede suspenderlo para proteger su seguridad. El paso en tránsito se aplica en los estrechos internacionales y no puede suspenderse; además, los submarinos pueden ir sumergidos.

¿Hasta dónde se extiende la plataforma continental?

La plataforma continental llega hasta 200 millas o hasta donde llegue de forma natural el margen continental. El Estado ribereño tiene derecho a explotar y explorar sus recursos.

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1. ¿Hasta qué distancia se extiende el mar territorial según la CONVEMAR de 1982?
2. ¿Qué derecho permite a los buques atravesar el mar territorial sin poner en peligro la seguridad del Estado ribereño?
3. ¿Qué puede hacer el Estado ribereño con el derecho de paso inocente?
4. ¿Qué tipo de paso se aplica en los estrechos internacionales?
5. ¿Hasta qué distancia llega la zona contigua?
6. ¿Cuáles son competencias del Estado ribereño en la zona contigua?
7. ¿Qué derecho tiene el Estado ribereño sobre la plataforma continental?

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