Remuneración: Tipos, Clasificación y Definiciones Legales

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¿Qué constituye una remuneración?

El contrato de trabajo implica la existencia de ciertos elementos esenciales: prestación de servicios, vínculo de subordinación y dependencia del trabajador respecto a su empleador, y el pago de una suma determinada por dichos servicios, conocida como remuneración.

Clasificación de las remuneraciones

Existen diversas clasificaciones de las remuneraciones, entre ellas:

a) Ordinarias, extraordinarias y especiales

b) Fijas y variables

c) Principal y accesoria

Tipos de remuneraciones

El artículo 42 del Código del Trabajo enumera y define algunos tipos de remuneraciones. A diferencia de la enumeración del inciso 2º del artículo 41, que es taxativa, la del artículo 42 es meramente ejemplar, por lo que existen otros tipos de remuneraciones con diversas denominaciones, como aguinaldos y bonos.

De acuerdo con el citado precepto legal, constituyen remuneración:

a) Sueldo

Es un estipendio obligatorio y fijo, en dinero, pagado por períodos iguales y determinados en el contrato, que recibe el trabajador por la prestación de sus servicios.

b) Sobresueldo

Corresponde a la remuneración de las horas extraordinarias de trabajo. Según el artículo 30 del Código del Trabajo, constituye jornada extraordinaria la que excede del máximo legal o de la pactada contractualmente, si fuese menor.

c) Comisión

Este tipo de remuneración es un porcentaje sobre el precio de las ventas o compras, o sobre el monto de otras operaciones que el empleador realiza con la colaboración del trabajador.

d) Participación

Se define como la proporción en las utilidades de un negocio determinado, una empresa o solo de una o más secciones o sucursales de la misma.

e) Gratificación

La letra e) del artículo 42 del Código del Trabajo establece que corresponde a la parte de las utilidades con que el empleador beneficia el sueldo del trabajador.

De conformidad con el artículo 47 del referido Código, los empleadores que obtienen utilidades líquidas en su giro al término del año deben gratificar anualmente a sus trabajadores, ya sea en proporción no inferior al 30% de dichas utilidades (artículo 47) o pagando al trabajador el 25% de lo devengado en el respectivo ejercicio comercial por concepto de remuneraciones mensuales, con un límite de 4,75 ingresos mínimos mensuales (artículo 50).

Vida en campamento

El Decreto Supremo N° 594, que aprueba el Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, contiene importantes materias destinadas a velar por las condiciones de los lugares de trabajo.

Artículo Nº 9

En aquellas faenas en que por su naturaleza los trabajadores estén obligados a pernoctar en campamentos de la empresa, el empleador deberá proveer dormitorios dotados de una fuente de energía eléctrica, con pisos, paredes y techos que aíslen de condiciones climáticas externa

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