Representación Sindical, Negociación Colectiva y Resolución de Conflictos Laborales

Clasificado en Formación y Orientación Laboral

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Representación Sindical

Se divide en dos categorías principales:

  • Secciones sindicales: Representadas por delegados sindicales, siempre que la empresa cuente con más de 250 trabajadores.
  • Delegados sindicales: Son los representantes de las secciones sindicales en el comité de empresa.

Derecho de Reunión de los Trabajadores: La Asamblea

Los trabajadores de una misma empresa tienen derecho a reunirse en asamblea en el centro de trabajo. La asamblea podrá ser convocada por:

  • El comité de la empresa o delegados de personal.
  • Un número de trabajadores no inferior al 33% de la plantilla.

La Negociación Colectiva

La ley garantizará el derecho a la negociación colectiva laboral entre los representantes de los trabajadores y empresarios, así como la fuerza vinculante de los convenios.

Contenido de los Convenios Colectivos

Mediante los convenios, los trabajadores y empresarios regulan las condiciones de trabajo y de productividad. El contenido mínimo de los convenios incluye:

  • Partes que lo conciertan.
  • Ámbito personal, territorial y temporal.
  • Procedimientos para resolver las discrepancias.
  • Formas y condiciones de denuncia.
  • Designación de una comisión paritaria.
  • Determinación de los procedimientos.

Cláusula de Descuelgue

La empresa podrá decidir no aplicar las condiciones de trabajo previstas en el convenio colectivo aplicable, siempre que concurran causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. Las materias sobre las que se puede producir el descuelgue son la jornada, el horario, trabajo a turnos, sistema de remuneración y cuantía salarial y mejoras.

Ámbito de los Convenios Colectivos

Puede ser personal, territorial y temporal.

  • Ámbito personal: Obligan a todos los empresarios y a todos los trabajadores de la rama profesional en el que están encuadradas las empresas. Pueden celebrarse convenios para determinados trabajadores, denominados convenios franja.
  • Ámbito territorial: Hace referencia a la extensión geográfica del convenio, como el nacional, autonómico, etc.
  • Ámbito temporal: El convenio se prorroga de año en año si no media denuncia expresa de las partes.

Tramitación

  1. Inicio de la negociación.
  2. Negociación.
  3. Registro y depósito.
  4. Publicación y entrada en vigor.

Conflictos Laborales

Clases de Conflictos Laborales

Según el número de personas afectadas:

  • Individuales.
  • Colectivos.

Según la finalidad del conflicto:

  • Jurídicos.
  • De intereses.

Formas de Exteriorizar los Conflictos Laborales

Los conflictos colectivos se pueden exteriorizar sin suspensión del trabajo y con suspensión del trabajo.

Huelga

  • Ilegales:
    • Políticas.
    • De solidaridad.
    • Para alterar lo pactado en el convenio.
    • Contrarias a la ley.
  • Legales: Cumplen los requisitos de forma y fondo establecidos en las leyes.

Procedimiento para la Declaración de Huelga

  1. Declaración de la huelga.
  2. Comunicación a la Autoridad laboral y al empresario del acuerdo de huelga.
  3. Constitución del comité de huelga.
    Acuerdo de declaración de huelgaComunicación por escritoComité de huelga
    • Trabajadores
    • Comités de empresa
    • Delegados de personal
    • Sindicatos más representativos
    • Autoridad laboral
    • Empresario
    Máximo doce trabajadores elegidos por sus compañeros

Desarrollo de la huelga: El empresario y los trabajadores tienen que cumplir:

  • El empresario no puede sustituir a los huelguistas por trabajadores.
  • Debe respetarse la libertad de trabajo de quien no quiera ir a huelga.
  • El comité de huelga debe garantizar los servicios necesarios.

Procedimientos para la Solución de Conflictos

Las partes pueden acudir a órganos jurisdiccionales o a órganos no jurisdiccionales. Los sistemas de resolución extrajudicial de conflictos son la conciliación, la mediación y el arbitraje.

  1. Conciliación: Negociación que se realiza ante un tercero. El tercero facilita la negociación.
  2. Mediación: Las partes designan a un mediador para intervenir en la solución de un conflicto. El mediador ofrece propuestas.
  3. Arbitraje: Las partes se someten a un tercero designado que actúa como árbitro. El árbitro dicta un laudo arbitral.

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