Representantes Legales de los Trabajadores: Funciones y Derechos
Clasificado en Formación y Orientación Laboral
Escrito el en
español con un tamaño de 3,72 KB
Representantes Legales de los Trabajadores
¿Quiénes Son?
-
Delegados de Personal: Representan a los trabajadores en centros de trabajo que cuenten entre 11 y 49 trabajadores.
- De 11 a 30 trabajadores: 1 delegado de personal.
- De 31 a 49 trabajadores: 3 delegados de personal.
-
Comité de Empresa: Cuando la empresa tiene 50 o más trabajadores, la representación se ejerce a través de un comité de empresa.
- De 50 a 100 trabajadores: 5 miembros.
- De 101 a 250 trabajadores: 9 miembros.
- De 251 a 500 trabajadores: 13 miembros.
- De 501 a 750 trabajadores: 17 miembros.
- De 751 a 1000 trabajadores: 21 miembros.
- Más de 1000 trabajadores: 2 miembros adicionales por cada 1000 trabajadores o fracción.
- Delegado de Prevención: Representa a los trabajadores en materia de riesgos laborales.
- Comité de Seguridad y Salud Laboral: Este órgano se crea en empresas que cuenten con 50 o más trabajadores.
- Comité de Empresa Europeo: Se establece en empresas que estén presentes en al menos dos países de la UE y que cuenten con al menos 1000 trabajadores.
- Delegados Sindicales: Los trabajadores afiliados a un sindicato pueden crear secciones sindicales. En empresas que cuenten con más de 250 trabajadores, estas secciones están representadas por delegados sindicales.
¿Qué Garantías Otorga la Ley?
La ley otorga diversas garantías a los representantes legales de los trabajadores, entre ellas:
- Prioridad de Permanencia: Cuando se produzca un Expediente de Regulación de Empleo (ERE), los representantes de los trabajadores tienen prioridad de permanencia en la empresa.
- Movilidad Geográfica: Protección en supuestos de movilidad geográfica.
- Despido Improcedente: En supuestos de despido improcedente, la opción de permanecer en la empresa o recibir una indemnización corresponde al propio representante.
- Crédito de Horas: Tienen derecho a un crédito de horas retribuidas para dedicarse a sus funciones representativas.
¿Quiénes Pueden Ser Electores y Elegibles?
- Electores: Tener cumplidos los 16 años y una antigüedad de al menos un mes.
- Elegibles: Tener 18 años cumplidos y una antigüedad de 6 meses.
¿Quiénes Pueden Promover Elecciones?
- Los propios trabajadores, siempre que lo decidan por mayoría.
-
Los sindicatos más representativos.
- Son más representativos a nivel nacional los sindicatos que cuenten con al menos el 10% de los delegados de personal o miembros de comité de empresa.
- Los sindicatos más representativos en la comunidad autónoma son aquellos que cuenten con el 15% de los delegados de personal o miembros de comité de empresa que estén afiliados a ese sindicato.
Funciones de los Sindicatos Más Representativos
Los sindicatos más representativos (a nivel nacional y de comunidad autónoma) pueden:
- Promover elecciones a delegados de personal o de comité de empresa.
- Convocar huelgas.
- Negociar convenios colectivos.
- Negociar con la administración pública.
Duración de los Mandatos
La duración del mandato de los representantes legales de los trabajadores es de 4 años.