Republu

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El 14 de abril de 1931 se proclama la Segunda República en Madrid, Barcelona y otras ciudades españolas. La victoria electoral de los republicanos en las elecciones municipales convocadas por Berenguer trajo consigo la caída de la monarquía, lo que provocó el exilio del Rey Alfonso XIII, aunque sin renunciar a sus derechos. Tras este triunfo se constituye un Gobierno Provisional formado por los líderes de los Partidos que firmaron en 1930 el “Pacto de San Sebastián” y a cargo por el republicano de derechas don Niceto Alcalá Zamora
a) La Constitución de 1931
En junio de 1931 se realiza la convocatoria a Cortes Constituyentes . los debates fue ron tremendo s , especialmente al afrontar el tema de las relaciones Iglesia-Estado, provocando la aceptación de la separación entre el poder civil y el eclesiástico la primera crisis del gobierno. En protesta por ello algunos diputados de la derecha abandonaron el Congreso y Niceto Alcalá Zamora y Maura dimitían de sus cargos ocupándose Manuel Azaña, gran defensor del artículo aprobado, de la jefatura del Gabinete.
La Constitución fue aprobada el 9 de diciembre de 1931. España se convertía en un Estado Democrático Laico, con una única cámara y un gobierno responsable ante ella, con sufragio universal, incluidas las mujeres. España se constituye como república unitaria. La nueva Constitución definía un Estado central fuerte, capaz de aplicar las reformas democráticas necesarias pero o daba un problema para resolver los problemas regionales mediante la promulgación de Estatutos de Autonomía. Al día siguiente de la aprobación del texto constitucional, Alcalá Zamora era elegido por el Congreso presidente de la República y confirmada a Manuel Azaña al frente del Gobierno.
Su vigencia se extendió desde el 9 de diciembre de 1931 en que fue aprobada por las Cortes Constituyentes, remplazando a la Constitución de 1876. Su primer Presidente Constitucional fue Alcalá Zamora. El final de la Guerra Civil Española, significó su derrumbe.
Contaba con 125 artículosEl Título preliminar: “Disposiciones generales” En ellos se proclamaba a España como una República Democrática de trabajadores de toda clase, siendo el castellano el idioma del estado, d capital Madrid, y se establecía la igualdad de los ciudadanos ante la ley.
El título primero se denominaba “Organización Nacional”El título II, “Nacionalidad” hijos de extranjeros nacidos en España tngan nacionalidad,El Título III, “Derechos y deberes de los españoles”, y estaba dividido en dos capítulos: “Garantías individuales y políticas”donde se establecía la igualdad, sin privilegios de ningún tipo, la separación de la iglesia del estado, autorizándose la nacionalización de los bienes de las órdenes religiosas. Se establecía la libertad de cultos, la protección contra la detención arbitraria, la libre circulación por el territorio español, su ingreso o egreso, la inviolabilidad de la correspondencia, la libertad de industria, comercio y profesión, la libertad de opinión, la de peticionar a las autoridades, quedando excluida toda fuerza armada. También se garantizaba la libre asociación y sindicalización, Los derechos electorales se adquirían a partir de los veintitrés años para ambos sexos.
El capítulo Segundo, “Familia, economía y cultura” (arts. 43 a 50), fijaba que la propiedad estaba subordinada a los intereses nacionales y podía ser socializada. Se suprimía la confiscación de bienes. Se protegía el trabajo, considerado como obligación social, que debía realizarse en condiciones dignas. Regulaba el derecho a la educación que en su nivel primario sería gratuito y obligatorio. Las iglesias podían impartir sus doctrinas en sus establecimientos, pero bajo el control estatal.
A partir del Título IV (arts. 51 a 66), se organizaban los poderes del estado, empezando por las Cortes, en quienes recaía el máximo poder, quienes estaban constituidas unicameralmente por el Congreso de Diputados. Poseían potestad legislativa, y emanaban del poder popular.
El título V “Presidencia de la República”, correspondía su ejercicio al Presidente, que personificaba a la Nación y era el Jefe de Estado. La elección del mandatario era función de las Cortes, conjuntamente con los Compromisarios, elegidos popularmente. Duraba en sus funciones seis años, sin reelección inmediata.
El Título VI (arts. 86 a 93) trataba del “Gobierno” constituido por el Presidente del Consejo (dirigía y representaba la política general del gobierno) nombrado y removido por el Presidente de la República, y los Ministros (dirección y gestión de los servicios públicos) nombrados por el Presidente de la República a propuesta del Presidente del Consejo. El Presidente de la República y el Presidente del Consejo compartían el ejercicio del Poder Ejecutivo.
El título VII se ocupaba de la “Justicia” (arts. 94 a 106). Se administraba en nombre del estado, por jueces independientes. Estaba integrado por un Tribunal Supremo el de mayor jerarquía, y Cortes subordinadas. Su presidente era nombrado por el Jefe del Estado, a propuesta de una Asamblea constituida en la forma que determine la ley.
El Título VIII “Hacienda Pública” (arts. 107 a 120), trataba del presupuesto.
El título IX “Garantías y reformas de la Constitución” (arts. 121 a 125) preveía la creación de un Tribunal de Garantías Constitucionales, que trataba de asuntos específicos y fundamentales como la inconstitucionalidad de las leyes, el amparo, y conflictos de competencia, o responsabilidad de altos funcionarios. Con respecto a la reforma del texto constitucional se determinaba que la iniciativa partiera del gobierno o de la cuarta parte de los miembros del Parlamento.
b) Este Gobierno, además, diseñó y realizó varias reformas que afectaron a diversos ámbitos sociales.
En el ámbito Educativo. Azaña sustituyó los métodos y profesores religiosos por partidarios de una enseñanza progresista. Otras, como la disolución de la Compañía de Jesús o la prohibición de ejercer la enseñanza a las órdenes religiosas, fueron excesivamente agresivas y entrañaron un grave riesgo de enfrentamiento entre la opinión católica (mayoritaria en España) y el régimen republicano. Además, a principios de 1933, se abren en España cerca de 4.000 nuevas Escuelas de Primaria, muestra de la inquietud pedagógica del nuevo gobierno (el proyecto pretende seguir con otras tantas para cubrir las necesidades del Estado.
En el ámbito Militar. El gobierno republicano-socialista aborda la difícil tarea de modernizar el ejército, cuya abundancia de mandos, escasa formación y anticuado material le habían hecho perder capacidad técnica. Una de las primeras decisiones de Azaña fue la reducción del número de oficiales ofreciéndoles la jubilación anticipada. Otra de las medidas importantes tendió a disminuir la jurisdicción militar en beneficio de la civil, así como la supresión de la Academia General Militar de Zaragoza, dirigida por Franco. Se crea, además, la Guardia de Asalto, una fuerza leal, especialmente entrenada como Policía Urbana.
En al ámbito Agrario. Quizá es la más importante de las reformas intentadas por el primer Gobierno Republicano. El problema de la reforma del campo se arrastraba desde hacía varios siglos. Extensos latifundios de Extremadura y Andalucía esperaban remedio. La base de esta reforma será la distribución de la tierra entre los arrendatarios y jornaleros, lo cual provocará la oposición radical de los propietarios. El fracaso del levantamiento monárquico del General Sanjurjo (agosto de 1932) fortaleció a Azaña que aprovechó el momento para aprobar la Ley de Bases de la Reforma Agraria. La buena voluntad no fue suficiente y los problemas creados como la falta de presupuesto o las tensiones creadas por algunas ocupaciones de tierras hicieron que la reforma no tuviese los resultados esperados.
En al ámbito Social. Lo más importante fue el establecimiento de la jornada laboral de ocho horas y la prolongación de los contratos de arrendamiento de tierras.
En el ámbito Territorial. El 9 de septiembre de 1932, Manuel Azaña forzó la aprobación del Estatuto de Cataluña. En su defensa pronunció uno de sus más brillantes discursos que consiguió arrancar de los diputados el voto favorable al Estatuto. En el País Vasco no se aprobó el Estatuto merced a la división de sus habitantes.
CONCLUSIÓN
Todas estas reformas no estarán exentas de serios problemas tanto sociales como políticos y económicos.
Algunos de ellos son: la coyuntura económica negativa, la sublevación anarquista andaluza (caso de Casas Viejas -ver www.recursosacademicos.net-), la reacción de la derecha (que se unifica en la Confederación Española de Derechas Autónomas) y la creación del partido Falange (de rasgos fascistas), cuyo líder será José Antonio Primo de Rivera.
Todo esto culmina con las elecciones de 1933 en las que el triunfo corresponderá a la coalición de Centro-Derecha (Partido Radical, de Alejandro Lerroux y la CEDA, de José Mª Gil Robles). Aunque con muchas matizaciones, este gobierno ralentizará la mayoría de las reformas emprendidas por el gobierno republicano-socialista.

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