Requisitos y Competencias del Personal Certificador y de Apoyo B1 y B2 (Parte 145.A.35)

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A.35 Personal certificador y personal de apoyo de las categorías B1 y B2

Se entiende por "autorización de certificación" la autorización expedida para el personal certificador por la organización, en la cual se especifica que pueden firmar certificados de aptitud para el servicio dentro de las limitaciones que establece dicha autorización en nombre de la organización aprobada.

Requisitos operativos y de mantenimiento

  1. La organización solo podrá expedir una autorización de certificación para el personal certificador en relación con las categorías o subcategorías básicas y cualquier habilitación de tipo indicada en la licencia de mantenimiento de aeronaves, siempre que la licencia sea válida durante todo el periodo de validez de la autorización y que el personal certificador cumpla en todo momento lo dispuesto en el anexo III (Parte 66).
  2. La organización se asegurará de que todo el personal certificador y personal de apoyo de las categorías B1 y B2 adquiera como mínimo seis meses de experiencia real en el mantenimiento de aeronaves o elementos aplicables por cada periodo de dos años consecutivos. Se entiende por "adquisición de experiencia real en el mantenimiento de aeronaves o elementos aplicables" que la persona haya trabajado en un entorno de mantenimiento de aeronaves o elementos y que haya ejercido las facultades de la autorización de certificación y/o haya realizado tareas efectivas de mantenimiento como mínimo en algunos de los sistemas del tipo de aeronave especificados en la autorización de certificación.
  3. La organización se asegurará de que todo el personal certificador y personal de apoyo de las categorías B1 y B2 reciba formación continua suficiente durante cada periodo de dos años para que dicho personal posea conocimientos actualizados de las tecnologías, procedimientos organizativos y factores humanos pertinentes.
  4. La organización establecerá un programa de formación continua para personal de certificación y personal de apoyo B1 y B2 que incluya un procedimiento para garantizar el cumplimiento de los apartados pertinentes de la sección 145.A.35, como base para la expedición de autorizaciones de certificación para el personal certificador en virtud de esta parte, y un procedimiento para garantizar el cumplimiento de la Parte 66.

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