Requisitos para ser Magistrado o Juez en Guatemala

Clasificado en Derecho

Escrito el en español con un tamaño de 3,1 KB

Art. 207 de la Constitución

  • Ser guatemaltecos de origen
  • De reconocida honorabilidad
  • Que goce de sus derechos como ciudadanos
  • Ser abogado colegiado, entre otros.
  • Ser mayores de cuarenta años.
  • Haber desempeñado un periodo completo como magistrado de la Corte de Apelaciones o de los Tribunales Colegiados.
  • Haber ejercido la profesión de abogado por más de diez años.

¿Cuál es el periodo de función de los Magistrados y Jueces?

Durarán en sus funciones cinco años, pudiendo ser reelectos los primeros y nombrados nuevamente los segundos.

¿Qué es la Jurisdicción?

Función ejercida por el órgano creado por el Estado para que administre la justicia, sostenida por la soberanía del pueblo, además la competencia y la manera en desempeñarse por medio de un proceso. La función jurisdiccional expresada por los órganos jurisdiccionales tienen la finalidad de tutelar los derechos y declararlos una vez finalice el proceso.

Teoría: Tutela del Derecho de los Particulares

Es la actividad con la que el estado tutela el derecho subjetivo violado o amenazado; sin embargo, no siempre la jurisdicción coincide con esta doctrina, ya que se puede presentar un caso de una demanda hecha ante el órgano jurisdiccional, y no se podría dar porque no existe una norma que la ampare como pretensión.

¿Cuáles son los elementos de la pretensión procesal?

  • Sujetos:
    • Activo: es el individuo que quiere obtener algo.
    • Pasivo: es el individuo que debe realizar ese algo que el sujeto activo le solicita.
  • El objeto de la pretensión: es obtener de la autoridad una resolución favorable a la petición hecha de la demanda.
  • La causa de la pretensión.

¿Cuáles son los elementos de la Jurisdicción?

  • Conocimiento de causa: derecho que tiene el juez de conocer una cuestión determinada. En primer lugar; constar la existencia de los presupuestos procesales, tales como el órgano jurisdiccional, la capacidad de las partes, el objeto del litigio, etc. En segundo lugar: debe de apreciarse su aptitud para conocer el litigio de acuerdo con las disposiciones legales y su competencia para después calificar la aptitud de los sujetos procesales. En tercer lugar: debe de reunir los elementos materiales, ordenando las medidas de instrucciones, admisión u otro de oficio.
  • Citación a juicio (vocatio): facultad del juez para citar, obligar y combatir a las partes para que comparezcan a juicio dentro del plazo de emplazamiento en cuya virtud el juicio puede proseguir en rebeldía de la parte que no comparezca.
  • Castigo o coerción: puede aplicarse sobre personas o cosas; por ejemplo: las multas y las órdenes de conducción al tribunal o la detención de las personas y así mismo lo conmuta.
  • Declarar el derecho: es la facultad del juez de dictar sentencia poniendo fin al litigio.

Entradas relacionadas: