Que es una resolución interlocutoria
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Diferencias:
Revocación/Invalidación:
Ambas son formas de retiro de extinción Voluntaria de una acto adm realizadas por regla general pro el mismo órgano que Dictó el acto. Sin embargo son diferentes porque la revocación retira un acto Que es válido y eficaz mientras que la invalidación consiste en el retiro de un Acto viciado, de un acto inválido.
1.En relación con la validez del acto retirado. son diferentes porque la revocación retira un acto que es válido y Eficaz mientras que la invalidación consiste en el retiro de un acto viciado, De un acto inválido.
2.Que opera y sobre qué opera este modo de extinción. La revocación opera sobre los efectos de un acto adm, en cambio la Invalidación opera sobre el acto mismo.En relación con la finalidad. La Revocación tiene por objeto hacer primar el interés general, en cambio la Invalidación tiene por finalidad hacer primar el principio de legalidad.En relación con los efectos. La Revocación opera siempre hacia el futuro a diferencia de la invalidación que Puede operar hacia el pasado.En relación con la potestad ejercida. En La revocación se ejercita una potestad activa de la adm, en cambio en la Invalidación se ejerce una potestad controladora.
Diferencia Entre la invalidación y la nulidad:
1.La nulidad opera siempre en la Vía judicial, porque la nulidad la declara un órgano jurisdiccional y se Materializa la nulidad de derecho público en una resolución judicial, que es Una sentencia que declara la nulidad el acto. En cambio la invalidación siempre Se radica o se tramita en sede adm por lo tanto la invalidación es declarada Por una autoridad adm, no por un órgano jurisdiccional.
2.Otra diferencia es que la Nulidad de derecho público procede a petición de parte. En cambio la Invalidación puede proceder de oficio o a petición de parte.
3.Como última diferencia, la Nulidad de derecho público declarada produce cosa juzgada, en cambio en Relación con la invalidación siempre se puede recurrir a los tribunales de Justicia.