Que es una resolución interlocutoria

Clasificado en Derecho

Escrito el en español con un tamaño de 2,21 KB


NULIDAD

Es la máxima sanción del ordenamiento, Se produce cuando el contrato contraría una Norma de carácter imperativo o prohibitivo y Cuando se omite alguno de los elementos Esenciales del contrato. Lo nulo no produce Efectos.


ANULABILIDAD

Se trata de una ineficacia relativa y se caracteriza Porque el contrato produce sus efectos desde el Momento de su perfección, como cualquier otro Negocio regular.  

 la Eficacia negocial se destruye por el ejercicio de la acción de anulabilidad o bien se hace definitiva por La confirmación del mismo negocio (que lo sana del Vicio del que adoleciera) o la caducidad de aquella Acción (que no se ejercita en el plazo legal).

Rescisión

 ineficacia sobrevenida De un contrato al cual no le falta ninguno de sus Elementos esenciales, ni hay vicio en ellos, pero por Razón del perjuicio que supone para determinadas Personas, el ordenamiento jurídico concede una Acción (rescisoria) para hacer cesar su eficacia.

 una forma de ineficacia motivada por el perjuicio Que el contrato causa a los contratantes o a los Terceros

Resolución

tiene lugar en las obligaciones Recíprocas cuando uno de los obligados no cumple Lo que le incumbe (art. 1124 Cc.). Ej. Falta pago renta En el cto. De arrendamiento.

Revocación

 tiene lugar en los actos que siendo Perfectos en su origen se tornan ineficaces por una causa sobrevenida con posterioridad a su formación, Fundada en el cambio de voluntad de una de las Partes mediante el ejercicio de una facultad Reconocida por la ley.

Entradas relacionadas: