Responsabilidades y ética docente

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T-5: C.D.

Todo docente asume siempre dos responsabilidades:

1-Responsabilidad de carácter legal:

Actos contrarios a lo establecido a la norma jurídica. 2 tipos:

  • Responsabilidad contractual: el profesor responde de todo incumplimiento de los términos de su contrato.
  • Responsabilidad extracontractual: la responsabilidad por actos propios y la responsabilidad por actos ajenos.

2-Responsabilidad de carácter ético:

Actos que ejecuta el profesor habitualmente día a día. Cuando afecta a más de un sujeto es necesario establecer unas reglas de conducta, llamado código deontológico.

No todo aquello que se realiza dentro de la legalidad es ético, el profesor puede actuar dentro del marco de la legalidad pero no ser un comportamiento ético.

El profesor es responsable de lo que ocurre en el aula siempre que pudiendo y debiendo evitar algo que ocurra en esta no lo hace de tal manera que si el profesor demuestra que ha empleado los mecanismos necesarios para evitarlo no responde él, siendo los padres serán quienes respondan.

CÓDIGO DEONTOLÓGICO:

Expresión quehacer educativo nos sitúa en la responsabilidad del educador en relación con la tarea educativa, el ámbito de esta responsabilidad no solamente está determinado por el aspecto o por el espacio moral, también por la legislación vigente, en este hay dos planos: el ético y el legal, con distintas responsabilidades.

Por legalidad se entiende el conjunto de normas dictadas por la autoridad competente que rigen y afectan a las personas en diversos órdenes.

Terreno educativo la legalidad hace referencia a las normas establecidas con el objeto de regular los procesos educativos y de ajustar su funcionamiento al logro de determinados fines, x ej: cuando se maltrata a un alumno, se actúa mal desde un punto de vista ético y legal. Hay que tener en cuenta que la responsabilidad ética no siempre genera una responsabilidad legal, además no siempre que se actúa legalmente se actúa éticamente.

Cualquier trabajo cierto grado de responsabilidad, cuando ésta responsabilidad no afecta exclusivamente a un único sujeto, sino que se comparte por todo el colectivo profesional que realiza esa misma tarea, es conveniente establecer unos mínimos éticos comunes para el buen desarrollo de la profesión, en éste sentido los principios éticos dejan de ser una cuestión personal para convertirse en una cuestión colectiva y configuran lo que se denomina código deontológico de la profesión, aunque el docente tiene un amplio margen de libertad para realizar su trabajo, el marco jurídico-educativo le impone una serie de limitaciones que debe tener en cuenta para el buen ejercicio de su profesión, es labor del propio profesor llevar a cabo una continua reflexión para ajustar esos principios de carácter pedagógico a las situaciones concretas a las que debe enfrentarse cada día.

Principios fundamentales de la ética profesional docente:

  • Respetar la dignidad de todos los miembros de la comunidad educativa.
  • Defender y promover de los derechos fundamentales.
  • Actuar siempre con base en los criterios de justicia y equidad.
  • Aceptar, respetar y promover el respeto de la diversidad y de las minorías.
  • Actuar de manera responsable desde un punto de vista profesional.
  • Siempre cultivarse en una formación continua.
  • Actuar siempre en base a los principios de imparcialidad, de veracidad y de confidencialidad o secreto profesional.

Destacar la necesidad de que el docente tenga pasión de enseñar, tenga tacto pedagógico y actúe siempre con positivismo y optimismo.

El código deontológico es un documento escrito elaborado por un colectivo profesional.

Funciones son:

  1. Guiar la acción y la toma de decisiones por parte de los profesionales.
  2. Proteger a los usuarios del servicio.
  3. Mejorar el estatus profesional.
  4. Mantener la identidad profesional.
  5. Servir como instrumento de regulación al que acudir en caso de negligencia o de mala conducta en el ejercicio profesional.
  6. Delimitar el ámbito de competencias de la profesión.

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