Seguridad Social: Cotizaciones, Financiación y Prestaciones
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Recibos de Salarios de Trabajadores a Tiempo Parcial
El salario de los trabajadores a tiempo parcial es proporcional a la duración de la jornada que realicen. Estos trabajadores pueden realizar horas extraordinarias de fuerza mayor y horas complementarias. La suma de las horas extraordinarias, extraordinarias de fuerza y horas complementarias no pueden exceder de la jornada de un trabajador a tiempo completo. La cotización a la Seguridad Social se efectuará en razón de las horas trabajadas.
Procedimiento para Calcular las Bases de Cotización:
- Base de contingencias comunes (percepciones mensuales + horas complementarias + prorrata de pagas extraordinarias).
- Comprobación del límite de las bases.
- Se calcula la base de contingencias profesionales.
Financiación de la Seguridad Social
El Estado está obligado a garantizar a los sujetos la asistencia y las prestaciones económicas necesarias ante las situaciones de necesidad protegidas. Este conjunto de medidas constituyen la acción protectora del sistema de la Seguridad Social. La financiación se realiza a través de un sistema mixto, ya que nutre de distintos medios.
Fuentes de Financiación:
- Ingresos de empresas y trabajadores a través de las cotizaciones. Es el recurso económico más importante.
- Ingresos procedentes de los presupuestos generales del Estado.
- Ingresos patrimoniales y financieros de los recursos del ente público.
- Las cantidades recaudadas en concepto de recargos y sanciones.
Modalidades de Financiación:
- Modalidad contributiva: se financia con las cotizaciones del empresario y trabajadores.
- Modalidad no contributiva o asistencial: se financia con cargo a los presupuestos generales del Estado.
Prestaciones de la Seguridad Social
La acción protectora de la Seguridad Social garantiza a los trabajadores comprendidos dentro de su campo de ampliación y a los familiares o asimilados que estén a su cargo.
Asistencia Sanitaria:
Consiste en la prestación de los servicios médicos y farmacéuticos, así como los servicios de recuperación física, prótesis y ortopedia, conducentes a conservar y recuperar la salud de las personas incluidas en la SS. Incapacidad temporal es la situación que se encuentran los trabajadores incapacitados transitoriamente para trabajar que precisan asistencia sanitaria por situaciones de enfermedad común o profesional, accidente, sea o no laboral, y periodos de observación por enfermedad profesional. Causas de la incapacidad temporal. Enfermedad común o accidente no laboral, Accidente de trabajo y enfermedad profesional, Periodos de observación por enfermedades profesionales, cuando sea necesaria la baja médica. Requisitos para ser beneficiario de la prestación económica por incapacidad temporal. Estar afiliado a la SS y en situación de alta o asimilada al alta. Haber cotizado el tiempo exigido (enfermedad común y enfermedad profesional y accidente, sea o no laboral) Duración de la Incapacidad temporal duración mínima de 12 meses prorrogables a instancia del INSS por otros 6 meses. A partir de los 18 meses no se cobrará subsidio por incapacidad temporal.