Que es seguro pleno

Clasificado en Derecho

Escrito el en español con un tamaño de 3,49 KB

PARTE DE SINIESTRO O ACCIDENTE


Es todo hecho que ocasiona un daño (o perjuicio económico) al asegurado.


Puede consistir en el menoscabo, destrucción, pérdida o Desaparición del objeto asegurado; o en un determinado acontecimiento previsto En el contrato (como la jubilación, le enfermedad o la muerte del asegurado).


Si está parcial o totalmente Cubierto por medio de las garantías recogidas en la póliza, da lugar al pago de La indemnización por parte del asegurador.


DAÑO

Se produce cuando el siniestro incide sobre el interés asegurado.


Puede presentarse en forma de daño emergente (con la lesión total o parcial de un interés Existente) o de lucro cesante (con La frustración de un incremento patrimonial esperado).


En seguros contra daños, hay que probar la existencia del daño y valorar su importe, que técnicamente será igual a la diferencia entre Valor final y valor residual del interés (art. 26 de la LCS). De las Valoraciones se encargan los peritos.


En seguros de personas, el Daño se valora anticipadamente mediante la fijación de la suma asegurada.


INDEMNIZACIÓN


Es la compensación Que el asegurador tendrá que pagar en caso de que se produzca el daño o Quebranto económico asegurado.


En la póliza se establecerá la forma en que ha de pagarse.


Lo habitual es abonar una cantidad de dinero.


En ocasiones, el asegurador Se compromete a reparar directamente los daños producidos o a efectuar Determinadas prestaciones.


FRANQUICIA


Es el valor mínimo Al que deben ascender los daños para que la aseguradora quede obligada al pago De la indemnización. Puede establecerse en algunos seguros contra daños, con Objeto de forzar al asegurado a extremar sus precauciones y evitar la proliferación de partes de accidente de Bajo importe.


Da lugar a una rebaja en el importe de la prima.


CÁLCULO DE INDEMNIZACIONES EN SEGUROS CONTRA DAÑOS


En caso de seguro pleno, El importe de la indemnización coincidirá con la valoración del daño.


En caso de sobreseguro, Su límite máximo está constituido Por la suma asegurada (art. 27 LCS). Se busca con ello evitar un enriquecimiento Injusto del asegurado.


En caso de infraseguro, La indemnización cubrirá solo una parte del daño, aplicándose la regla de proporcionalidad (art. 30 LCS):


Porcentaje de cobertura = (Suma asegurada / Valor final del Interés asegurado) x 100 = %


Indemnización = Porcentaje de cobertura x Importe del daño


En este caso, la aseguradora estará Obligada a indemnizar el daño causado en la proporción existente entre la Cantidad asegurada en la póliza (suma asegurada) y el valor real del bien asegurado En el momento del siniestro (valor final del interés asegurado).




Entradas relacionadas: