Servicio Comunitario UNESR: Normativa y Aplicación
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República Bolivariana de Venezuela
Universidad Nacional Experimental Simón Rodríguez
Normativa Servicio Comunitario Estudiantil UNESR
Capítulo I: Disposiciones Generales
Artículo 1: Definición de Servicio Comunitario
El Servicio Comunitario es la actividad realizada por estudiantes de educación superior en las comunidades, aplicando conocimientos académicos (culturales, deportivos, humanísticos, técnicos o científicos) para el bienestar común.
Artículo 2: Fundamento Legal
Estas normas se fundamentan en el Artículo 135 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, los artículos 2, 3, 4, 83 y 138 de la Ley de Universidades y la Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior.
Artículo 3: Objeto del Reglamento
Este reglamento desarrolla los principios constitucionales sobre la organización, administración, funcionamiento y control del Servicio Comunitario Estudiantil, regido por principios de solidaridad, responsabilidad social, igualdad, cooperación, corresponsabilidad, participación ciudadana, asistencia humanitaria y respeto mutuo.
Artículo 4: Difusión de la Ley
La Universidad debe difundir la Ley de Servicio Comunitario a través de diversos mecanismos para asegurar su conocimiento por la comunidad universitaria y las comunidades donde colabora.
Artículo 5: Mecanismos de Coordinación
La Universidad establecerá mecanismos de coordinación y convenios con entidades públicas, privadas, gremios, consejos comunales y la comunidad organizada para garantizar proyectos sociales alineados con la Ley de Servicio Comunitario y los perfiles de egresados de la UNESR. Se desarrollarán ofertas de proyectos mediante alianzas estratégicas con la Dirección de Convenios Interinstitucionales y otras instancias involucradas.