Sindicatos y Representación de los Trabajadores: Derechos y Funciones
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Los sindicatos
Se pueden definir como la asociación permanente de personas que ejercen cierta actividad profesional para la representación y mejora de sus intereses profesionales y de sus condiciones de vida.
Asociaciones empresariales
La Constitución ampara el derecho a constituir asociaciones empresariales:
- Ámbito estatal: deben contar como mínimo con el 10% de los empresarios, siempre que estos den ocupación a igual porcentaje de trabajadores en todo el Estado.
- Ámbito autonómico: deben contar como mínimo con el 15% de los empresarios, siempre que estos den ocupación a igual porcentaje de trabajadores en la comunidad autónoma.
Entre las principales organizaciones se encuentran UGT, CCOO, USO, CNT, CEOE (Confederación Española de Organizaciones Empresariales) y CEPYME.
Representación de los trabajadores
Representación unitaria
Los delegados de personal y los miembros de los comités de empresa son elegidos por todos los trabajadores mediante sufragio personal, libre, directo y secreto, y su periodo de mandato es de 4 años.
- Comité de empresa: es el órgano de representación colegiado de los trabajadores en las empresas o centros de trabajo cuyo número de trabajadores sea 50 o más.
- Delegados de personal: son representantes de los trabajadores en aquellas empresas o centros de trabajo que tengan más de 10 y menos de 50 trabajadores.
Número de representantes
Delegados de personal:
- De 11 a 30 trabajadores: 1 delegado
- De 31 a 49 trabajadores: 3 delegados
Comité de empresa:
- De 50 a 100 trabajadores: 5 miembros
- De 101 a 250 trabajadores: 9 miembros
- De 251 a 500 trabajadores: 13 miembros
- De 501 a 750 trabajadores: 17 miembros
- De 751 a 1000 trabajadores: 21 miembros
- Más de 1000 trabajadores: dos por cada mil más o fracción (75 como máximo)
Competencias y garantías de los representantes de los trabajadores
Competencias
- Recibir información sobre la evolución del sector económico al que pertenece la empresa, la situación de la producción y la evolución del empleo, el absentismo laboral, las sanciones por faltas graves y muy graves, la seguridad e higiene en el trabajo, y la aplicación en la empresa del derecho de igualdad de trato e igualdad entre hombres y mujeres.
- Conocer la situación económica de la empresa.
- Ejercer la función de vigilancia del cumplimiento de las normas laborales y de las condiciones de seguridad e higiene.
- Emitir informes sobre reestructuraciones de plantillas, reducción de jornada, entre otros.
Garantías
- Apertura de un expediente contradictorio en el supuesto de que la empresa pretenda sancionarles por faltas graves o muy graves.
- Expresar con libertad sus opiniones en materias concernientes a su representación.
- Disponer de un número determinado de horas mensuales retribuidas para el ejercicio de sus funciones.