Sistema Armonizado y Valoración Aduanera: Claves del Comercio Internacional

Clasificado en Economía

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Sistema Armonizado (SA): Clasificación y Estructura

El Sistema Armonizado (SA) es un sistema estructurado en forma de árbol, ordenado y progresivo de clasificación de mercancías. Su finalidad principal es:

  • Facilitar el comercio internacional.
  • Homogeneizar las estadísticas de comercio exterior.
  • Facilitar las negociaciones comerciales.

La clasificación de productos se realiza según su naturaleza (para productos naturales) o según su materia constitutiva o uso (para productos terminados).

Estructura del Sistema Armonizado

El SA está compuesto por una jerarquía de elementos:

  • Secciones: Consta de 11 secciones que agrupan grandes categorías de productos.
  • Capítulos: Cada sección se subdivide en capítulos. Son los dos primeros dígitos de la codificación arancelaria (ej. 01-97).
  • Partidas: Cada capítulo se subdivide en partidas. Son el tercer y cuarto dígito de la codificación.
  • Subpartidas: Cada partida se divide en subpartidas. Son el quinto y sexto dígito de la codificación.

Ejemplo de Clasificación en el SA: Merluza

Para clasificar la merluza, se seguiría la siguiente estructura:

  • Sección I: Animales vivos y productos del reino animal.
  • Capítulo 3: Pescados y crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos.
  • Partida 0302: Pescado fresco o refrigerado, excepto los filetes y demás carne de pescado de la partida 0304.
  • Subpartida 0302.54: Merluzas (Merluccius spp., Urophycis spp.).

Medidas Arancelarias Especiales

Existen diversas medidas que modifican la aplicación de los derechos de importación o exportación:

Franquicias Aduaneras

Medida por la que se permite eliminar los derechos de importación o exportación que normalmente serían aplicables a determinadas mercancías. Tienen carácter definitivo, no temporal.

Plafonds Arancelarios

Durante un determinado periodo de tiempo o para unas cantidades de mercancías específicas, estas pueden entrar en el espacio comunitario con derechos reducidos o nulos.

Contingencias Arancelarias

Durante un periodo de tiempo (generalmente un año), se concede la posibilidad de importar una determinada cantidad de producto libre de aranceles o con aranceles reducidos. Cuando termina el periodo, se vuelve al arancel normal.

Suspensiones Arancelarias

Medidas de carácter general consistentes en la suspensión total o reducción parcial, durante un tiempo, de los derechos sobre ciertos productos. Se diferencian de los contingentes arancelarios en que en las suspensiones no existe límite máximo en la cantidad de mercancía que puede beneficiarse.

Métodos de Valoración de Aduanas

La valoración en aduanas es el proceso de determinar el valor monetario de las mercancías importadas para calcular los derechos de aduana y otros impuestos. Se utilizan varios métodos, aplicados en un orden jerárquico:

M1: Valor de Transacción de las Mercancías

Es el método principal. Será el precio de factura al que se sumarán o deducirán determinados elementos hasta llegar al valor CIF (Cost, Insurance and Freight) o CIP (Carriage and Insurance Paid To), que incluye transporte y seguro pagado hasta destino según el transporte elegido. El valor en aduana de las mercancías importadas será su valor de transacción.

M2: Valor de Transacción de Mercancías Idénticas

Se aplica si el M1 no es viable. Se refiere a mercancías iguales en todos los aspectos, producidas en el mismo país, por el mismo productor, vendidas al mismo país de importación y exportadas en el mismo momento o en uno aproximado.

M3: Valor de Transacción de Mercancías Similares

Se utiliza si el M1 y M2 no son aplicables. No tienen que ser iguales, pero sí muy semejantes en su composición y características; además, deben cumplir las mismas funciones y ser comercialmente intercambiables.

M4: Procedimiento Sustractivo o Deductivo

Se refiere al precio de venta o reventa en el mercado nacional. Se determina el precio a partir del precio unitario al que se vende la mayor cantidad total de las mercancías importadas a un comprador no vinculado con el vendedor, y se han de vender en el momento de la importación o en un momento aproximado (hasta 90 días después de la importación).

M5: Procedimiento de Coste de Producción o Reconstruido

Es la suma del costo de producción, beneficios y gastos generales, teniendo en cuenta la información y documentos justificativos del propio fabricante de la mercancía. Es el método más difícil y menos utilizado.

Declaración de Valor (DV1)

El formulario DV1 se presenta conjuntamente con el DUA (Documento Único Administrativo) de importación. Este formulario es un componente específico dentro del proceso del DUA que se utiliza para proporcionar información detallada sobre cómo se determina el valor en aduanas de las mercancías indicado en el DUA. El importador está obligado a presentar una declaración de los elementos relativos al valor de aduana en el formulario DV1.

Casos en los que no se exige el DV1:

  • Cuando las mercancías no se puedan valorar.
  • Cuando el valor no supere los 20.000 €.
  • Importaciones desprovistas de todo carácter comercial.
  • Mercancías que sean objeto de una corriente continua de importaciones.

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