Sistema sanitario

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4.2.2 FUNCIONES del Sistema Sanitario:? La promoción de la Salud? La prevención de las enfermedades? La educación sanitaria de la población? La asistencia sanitaria en todos los casos de perdida de la salud? La rehabilitación funcional? La reinserción social del paciente? La asistencia sanitaria especializada? La asistencia domiciliaria? La hospitalización? La prestación de los productos terapéuticos precisos4.2.3 ACTIVIDADES DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD 1. Educación sanitaria. 2. Acciones curativas y rehabilitadoras. 3. Promoción de la Salud y prevención de la enfermedad del individuo y de la comunidad. 4. Programas de atención a grupos de población de mayor riesgo y programas específicos de protección frente a factores de riesgo, así como los programas de prevención de las deficiencias, tanto congénitas como adquiridas. 5. Promoción y mejora de los sistemas de saneamiento, abastecimiento de aguas, eliminación y tratamiento de residuos líquidos y sólidos; mejora de la contaminación atmosférica; vigilancia sanitaria y adecuación a la salud del medio ambiente en todos los ámbitos de la vida, incluyendo la vivienda. 6. Planificación familiar. 7. Salud mental. 8. Salud laboral. 9. Control sanitario de los productos alimentarios. 10. Control sanitario de los productos farmacéuticos. 11. Actividades de veterinaria de salud pública, higiene alimentaria, en mataderos e industrias de su competencia, prevención y lucha contra la zoonosis. 12. Difusión de la información epidemiológica. 13. Formación del personal al servicio de la organización sanitaria. 14. Fomento de la investigación científica. 15. Control y mejora de la calidad de la asistencia sanitaria . 5. ESTRUCTURA DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD: ÁREA DE SALUD Y ZONA BÁSICA DE SALUD. La ordenación territorial de los servicios sanitarios será competencia de las Comunidades Autónomas y se basará en la aplicación de un concepto integrado de Atención a la Salud.Por lo tanto cada Comunidad Autónoma ha establecido su propio MAPA SANITARIO. 5.1. ÁREA DE SALUD:Para una mejor utilización de los recursos así como para garantizar el acceso a los servicios se define un marco territorial con criterios geográficos-poblacionales: el ÁREA DE SALUD. Son las encargadas de la gestión de los establecimientos sanitarios, de las prestaciones y de los programas sanitarios.LAS ÁREAS DE SALUD SON, POR LO TANTO, LAS ESTRUCTURAS FUNDAMENTALES DEL SISTEMA SANITARIO.Su demarcación debe realizarse teniendo en cuenta factores geográficos, demográficos (población no inferior a 200.000 habitantes ni superior a 250.000, salvo Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, y en cualquier caso un mínimo de una por provincia), socioeconómicos, laborales, epidemiológicos, culturales, climatológicos, dotación de vías y medios de comunicación, e instalaciones sanitarias.Cada Área de Salud dispondrá como mínimo de un CENTRO DE SALUD COMUNITARIA, un HOSPITAL y un CENTRO DE ESPECIALIDADES. Las actividades del área de salud son: a) ATENCIÓN PRIMARIA DE SALUD. Mediante fórmulas de trabajo en equipo, se atenderá al individuo, la familia y la comunidad; desarrollándose, mediante programas, funciones de promoción de la Salud, prevención, curación y rehabilitación, a través tanto de sus medios básicos como de los equipos de apoyo a la Atención Primaria.b) ATENCIÓN ESPECIALIZADA, a realizar en los Hospitales y Centros de especialidades.-.-.-Las áreas de Salud contaran, como mínimo, con los siguientes órganos: 1. Consejo de Salud de Área. Es el órgano de participación comunitaria para la consulta y seguimiento de la gestión del Área. Debe estar constituido por los siguientes componentes a) Representación ciudadana, por medio de las corporaciones locales comprendidas en su demarcación (50 % de los miembros).b) Organizaciones sindicales más representativas, a través de personal sanitario titulado (25 % de los miembros).c) Administración sanitaria del Área de Salud.2. Consejo de Dirección del Área. Le corresponde formular las directrices en política de salud y controlar la gestión del Área dentro de las normas y programas generales establecidos por la administración autonómica. Debe estar formado por una representación de la Comunidad Autónoma (60 % de los miembros) y representantes de las corporaciones locales, elegidos por quienes ostenten tal condición en el Consejo de Salud.3. Gerente del Área. Nombrado por el Consejo de Dirección, será encargado de la gestión del Área. FUNCIONES DEL ÁREA DE SALUD -Promoción y educación para la salud. -Programas de alimentación y nutrición.-Acciones sobre grupos homogéneos.-Protección contra riesgos Ambientales, Laborales, Alimentos, Medicamentos, Productos de Higiene corporal, otros.-Prevención de aparición, desarrollo y complicaciones de las enfermedades. -Coordinación de la asistencia primaria.-Coordinación de servicios públicos e instituciones municipales en salud pública y asistencia médica.-En cada área de Salud debe procurarse la máxima integración de la información relativa a cada paciente, por lo que el principio de historia clínico-sanitaria única por cada uno deberá mantenerse, al menos, dentro de los limites de cada Institución asistencial. Estará a disposición de los enfermos y de los facultativos que directamente estén implicados en el diagnostico y el tratamiento del enfermo, así como a efectos de inspección medica o para fines científicos, debiendo quedar plenamente garantizados el derecho del enfermo a su intimidad personal y familiar y el deber de guardar el secreto por quien, en virtud de sus competencias, tenga acceso a la historia clínica. Los poderes públicos adoptaran las medidas precisas para GARANTIZAR DICHOS DERECHOS Y DEBERES. 5.2 ZONAS BÁSICAS DE SALUD (ZBS).Dentro del ámbito de las áreas de Salud se delimitan las ZONAS BÁSICAS DE SALUD.La zona básica de Salud es el marco territorial de la Atención Primaria de Salud donde desarrollan las actividades sanitarias los CENTROS DE SALUD. La zona básica de Salud se delimita teniendo en cuenta factores geográficos, socioeconómicos, demográficos y epidemiológicos, así como de instalaciones sanitarias, extendiendo su acción a una población entre los 5.000 y 30.000 habitantes. Ej.: Dentro del Área de Salud de Elche tenemos 10 Zonas de Salud.6. COMPETENCIAS SANITARIAS DE LOS DIFERENTES ORGANISMOSa) Ministerio de Sanidad y Consumo:Canaliza la financiación. Ejerce las competencias que la Constitución le da a el Estado. Regir el INSALUD.b) Ministerio de Trabajo y Seguridad Sociales Financiar parte de la asistencia médica mediante cotizaciones.c) Ministerio de asuntos sociales. Encargado del IMSERSO.d) Ministerio de Justicia. Rige las actuaciones de los médicos forensese) Ministerio de Educación. Forma profesionales sanitarios no universitarios.f) Universidades. Forman al personal sanitario universitariog) Diputaciones provinciales. Se encargan de la salud mental y de la asistencia a los ancianos en determinados casosh) Corporaciones locales.Ayuntamientos. Se encargan del control sanitario del medio ambiente y del saneamiento de este territorio. Actividades: control en el abastecimiento de agua, control de las aguas residuales, control en cementerios



7. SANIDAD PRIVADA.La LGS reconoce tanto el derecho de los profesionales sanitarios al ejercicio libre de la profesión, como la libertad de empresa en sector sanitario. Es decir, tanto los profesionales sanitarios, de forma individual o constituyendo sociedad con otros profesionales, como empresas privadas dirigidas a la prestación de servicios sanitarios constituyendo, así, el ámbito de la asistencia privada.La financiación en este caso, se realiza mediante el pago que las personas efectúan por el servicio recibido ( consulta, análisis clínicos, hospitalización, etc.) 7.1 INSTITUCIONES SANITARIAS PRIVADAS.La atención sanitaria totalmente privada, en la que el usuario paga por cada acto médico, es muy minoritaria en España, existiendo solamente en la atención ambulatoria para ciertas especialidades, ejemplo: odontología, ya que el coste de otro tipo de servicios, como los de hospitalización o intervenciones quirúrgicas resulta muy elevado.En España la mayor parte de la actividad sanitaria privada se realiza a través de compañías aseguradoras ( SANITAS, ASISA, ADESLAS, PREVIASA…) que ofrecen una serie de servicios mediante la contratación de un seguro.Para ello el asegurado paga una cuota, que se denomina prima, y la compañía aseguradora emite un contrato de cobertura de riesgos y asistencia, denominado póliza. Lógicamente, cuanta mayor es la cobertura o el tipo de asistencia que se quiera, mayor es la prima.Existen pólizas por enfermedad en las que además de la asistencia sanitaria, se contrata una indemnización por tiempo de enfermedad, pero son minoritaris y muy caras. La contratación de estos servicios por cualquier usuario es independiente de estar incluido en el Sistema de la Seguridad Social.Las administraciones públicas pueden establecer conciertos con entidades privadas cuando las necesidades asistenciales así lo aconsejen. Estos conciertos se pueden realizar para prestaciones sanitarias globales o para determinadas actividades o prestaciones: pruebes diagnósticas, servicios de hospitalización concretos, transporte sanitarioEn estos casos, las Administraciones Públicas fijan los requisitos y las condiciones aplicables a cualquier concierto. Los centros sanitarios que quieran concertar deben ser homologados previamente mediante un protocolo establecido por la Administración correspondiente, que podrá ser revisado periódicamente. 7.2 MUTUALIDADES OBLIGATORIAS.Algunos funcionarios de la Administración del Estado, de Justicia y de las Fuerzas Armadas y Cuerpos de Seguridad del Estado tienen un régimen de Seguridad Social separado mediante mutualidades obligatorias. Estas mutualidades son:-MUFACE: Mutualidad de funcionarios de la administración civil del Estado.-ISFAS. Instituto Social de las fuerzas armadas.-UGEJU:Mutualidad General Judicial. Estas mutualidades gestionan la asistencia sanitaria mediante el SNS o conciertos con entidades aseguradoras privadas, de tal forma que el funcionario puede elegir entre una de ambas opciones para recibir la asistencia.7.3 MUTUALIDADES DE ACCIDENTES DE TRABAJO.Todo lo indicado hasta aquí se refiere a las prestaciones sanitarias por enfermedad común o accidente no laboral. Cuando un trabajador sufre un accidente de trabajo o padece una enfermedad profesional tiene que ser atendido en instituciones específicas: las mutuas de accidentes de trabajo.Las mutuas de accidentes de trabajo dedican su actividad a colaborar con el Sistema de Seguridad Social en la gestión de prestaciones económicas y sanitarias en estas contingencias concretas.Están financiadas por el Estado y, por tanto, son entidades sin ánimo de lucro. Poseen servicios sanitarios propios de atención primaria y especializada para la atención en este ámbito.Alguna de las más importantes por el número de trabajadores protegidos son: MAPFRE, ASEPEYO, FREMAP, etc.8. NIVELES De ASISTENCIA Y TIPO DE PRESTACIONES En el sistema reformado la asistencia sanitaria es presta a dos niveles: - Atención Primaria. - Atención Especializada.8.1. ATENCIÓN PRIMARIAEs el primer al que los ciudadanos deben acudir cuando tiene un problema de salud o quieren prevenirlo.Constituye el centro del sistema sanitario y es el nivel básico e inicial de la asistencia, que debe garantizar la continuidad y globalidad de atención a lo largod toda la vida del individuo.Presta asistencia sanitaria de carácter general, en régimen normal como de urgencia.En cada Zona de Salud debe existir un Centro de Atención Primaria que esté dotado de equipamiento, necesario para la ejecución por el Equipo de Atención Primaria de las actividades asistenciales, de educación y administrativas, así como para servir de reunión entre la comunidad y los profesionales sanitarios.Los Centros de Salud desarrollarán de forma integrada y mediante trabajo en equipo todas las actividades encaminadas a la promoción, prevención, curación y rehabilitación de la salud, tanto individual como colectiva. Las funciones del Centro de Salud son las siguientes: - Albergar la estructura física de consultas y servicios asistenciales personales correspondientes a la población en que se ubica.- Albergar los recursos materiales precisos para la realización de las exploraciones complementarías de que se pueda disponer en la zona- Servir como centro de reunión entre la comunidad y los profesionales sanitarios.- Facilitar el trabajo en equipo de los profesionales sanitarios de la zona. - Mejorar la organización administrativa de la atención de salud en la zona de influencia.Equipo de Atención Primaria:Estos equipos están formados por el conjunto de personal sanitario que trabaja en la Zona de Salud y dependiente del Sistema Sanitario Público. Está compuesto por:-Médicos de Medicina General-Pediatras-Diplomados y Auxiliares en Enfermería-Otro personal sanitario en función de las características específicas de cada zona-Asistentes sociales cuando las necesidades lo requieran.-Personal administrativo, de servicios, de recepción a información al público y aquel que se considere necesario para el adecuado funcionamiento de los centros Funciones del Equipo de Atención Primaria: Diagnóstico y tratamiento de las enfermedades más frecuentes con medios propios o con el apoyo de los especialistas o de la hospitalización. Seguimiento y cuidado de la salud en enfermos crónicos, pacientes con patologías invalidantes y la prevención de patologías secundarias. Atención personal y familiar al enfermo de evolución fatal. Vigilancia de la salud de embarazadas, lactantes, ancianos, personas expuestas a riesgos ambientales y otros. Detección Precoz de ciertas patologías. Educación en materia de salud. Proporcionar servicios preventivos como planificación familiar. Vacunación, salud bucodental infantil y otros. Recogida de datos epidemiológicos, expedición de certificados médicos y examen de salud obligatorios. Programación de las tareas propias para su zona y evaluación de sus actividades. Participación en la formación del personal sanitarios en la actualización de conocimientos.

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