Sistema de Seguridad Social en España: Regímenes, Entidades y Prestaciones Esenciales

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Regímenes de la Seguridad Social en España

El sistema de Seguridad Social en España se estructura en diferentes regímenes para adaptarse a las particularidades de cada grupo de trabajadores.

Régimen General

Incluye a los trabajadores por cuenta ajena de la industria y servicios de las sociedades mercantiles capitalistas, así como a funcionarios y personal laboral o no civil de la Administración Pública. Para algunas actividades, funcionan los sistemas especiales, exclusivamente en materia de encuadramiento, afiliación, recaudación y forma de cotización.

Regímenes Especiales

Actividades que, por su naturaleza, condiciones de tiempo y lugar, tienen una normativa y una acción protectora propia. Son regímenes especiales los de los trabajadores del mar, autónomos, estudiantes y mineros.

Entidades Gestoras de la Seguridad Social

La gestión y administración del sistema de Seguridad Social recae en diversas entidades clave:

  1. Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS): Gestiona y administra las prestaciones económicas de la Seguridad Social.
  2. Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE): Se encarga de la gestión de las prestaciones por desempleo, el estudio del mercado de trabajo y el registro público de demandas, contratos y ofertas.
  3. Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS): Responsable de la gestión financiera, económica y patrimonial del sistema.

Acción Protectora de la Seguridad Social

La acción protectora es el conjunto de prestaciones de la Seguridad Social que protege a las personas ante situaciones de desgracia o necesidad que suelen ocasionar pérdida de ingresos o elevados gastos.

Tipos de Prestaciones de la Seguridad Social

Las prestaciones se clasifican principalmente en dos categorías:

  1. Prestaciones Contributivas: Son para los trabajadores y familiares cercanos que cumplan con un periodo mínimo de cotización.
  2. Prestaciones No Contributivas: Se benefician de ellas personas que no tienen los recursos suficientes y no han cotizado nunca o lo han hecho muy poco tiempo.

Asistencia Sanitaria

Su función es proporcionar servicios médicos y farmacéuticos para mejorar o conservar la salud de las personas beneficiarias y, así, su aptitud para el trabajo.

Incapacidad Temporal (IT)

Es un subsidio diario que cubre la pérdida de rentas por no poder trabajar debido a una contingencia común o profesional.

Requisitos:

  • En caso de enfermedad común: Tener 180 días cotizados en los últimos 5 años.
  • Estar afiliado y en alta en la fecha en la que se causó la incapacidad.

Situaciones Protegidas:

  • Contingencias Comunes: Enfermedad común y accidente no laboral.
  • Contingencias Profesionales: Accidente de trabajo y enfermedad profesional.

Prestación por Riesgos durante el Embarazo, Lactancia Natural y Cuidado de Menor Enfermo

Se recibe un subsidio del 100% de la base reguladora por contingencias comunes o profesionales. No se exige periodo de carencia, a no ser que sea para cuidar a un menor enfermo, en cuyo caso hay que acreditar la misma cotización. Los padres deberán trabajar y, además, el subsidio se reduce en la misma proporción que la jornada de trabajo.

Prestación por Maternidad

Es un subsidio que reciben los trabajadores para disfrutar de los periodos de descanso, ya sea por adopción, maternidad o acogimiento.

Incapacidad Permanente (IP)

Se produce cuando el trabajador, después de haberse sometido al tratamiento prescrito y de haber recibido el alta médica, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, las cuales pueden ser definitivas y que empeoren o anulen su capacidad para trabajar.

Grados de Incapacidad Permanente:

  1. Parcial: Disminución no menor al 33% en el rendimiento para la profesión habitual, pudiendo realizar las funciones básicas de esta.
  2. Total: No podría realizar las tareas fundamentales de la profesión habitual, pero sí de otra.
  3. Absoluta: El trabajador estaría inhabilitado para realizar cualquier profesión.
  4. Gran Invalidez: El trabajador no podría realizar las cosas esenciales de la vida y necesitaría la ayuda de otra persona.

Requisitos:

  • Estar afiliado y en alta.
  • Si se deriva de una enfermedad común, se requiere una cotización previa:
    • Para la incapacidad permanente parcial: 1800 días cotizados en los últimos 10 años.
    • Para la incapacidad total, absoluta y gran invalidez: Dependerá de la edad.

Cuantía de las Prestaciones:

  1. Parcial: Indemnización de 24 mensualidades de la misma base reguladora de IT.
  2. Absoluta: 100% de la base reguladora.
  3. Gran Invalidez: 100% de la base reguladora más un complemento.

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