Sociedad limitada nueva empresa
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CONTRATOS DE Duración DETERMINADA 1/ OBRA Y SERVICIO. Cuando se contrate al trabajador para la realización de una obra o servicio determinados, con autonomía y sustantividad propias dentro de la actividad de la empresa y cuya ejecución, aunque limitada en el tiempo, es en principio de duración incierta. La duración del contrato no podrá superar 3 años. Al finalizar el contrato le corresponderá una indemnización al trabajador de 12 días de salario por año trabajado. 2/ EVENTUAL POR CIRCUNSTANCIAS DEL MERCADO. Cuando las circunstancias del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos así lo exigieran, aun tratándose de la actividad normal de la empresa. En tales casos, los contratos podrán tener una duración máxima de seis meses, dentro de un período de doce meses, contados a partir del momento en que se produzcan dichas causas. (Por convenio colectivo podrá modificarse la duración máxima de estos contratos y el período dentro del cual se puedan realizar en atención al carácter estacional de la actividad en que dichas circunstancias se puedan producir. En tal supuesto, el período máximo dentro del cual se podrán realizar será de dieciocho meses, no pudiendo superar la duración del contrato las tres cuartas partes del período de referencia establecido ni, como máximo, doce meses.) Al finalizar el contrato le corresponderá una indemnización al trabajador de 12 días de salario por año trabajado. 3/ SUSTITUCIÓN. Cuando se trate de sustituir a trabajadores con derecho a reserva del
puesto de trabajo, siempre que en el contrato de trabajo se especifique el nombre del sustituido y la causa de sustitución. Al finalizar el contrato no se fijará ninguna indemnización a favor del trabajador. 4/ 4/ INTERINIDAD. Cuando se firme con un trabajador que cubra un puesto de trabajo durante el periodo en el que éste está vacante. Su duración será la del tiempo que dure el proceso de selección o promoción para la cobertura definitiva del puesto de trabajo, sin que en este último supuesto pueda ser superior a tres meses.