Temario de Derecho Administrativo: Principios Constitucionales, Subvenciones y Servicios Públicos

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Aplicación de los principios rectores de la política social y económica de la Constitución Española a los poderes públicos y los ciudadanos

Los principios rectores de la política social y económica, regulados por los artículos 39 y siguientes de la Constitución Española (CE), delimitan un marco de materias en las que debe promoverse una mayor intervención pública (progreso social y económico, Seguridad Social, salud, cultura, etc.). Si bien estos principios no cuentan con el nivel de protección de los derechos fundamentales del Capítulo I y los derechos y deberes del Capítulo II, condicionan la actividad de los poderes del Estado por imposición del artículo 53.3 de la CE:

«3. El reconocimiento, el respeto y la protección de los principios reconocidos en el Capítulo III, informará la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos».

En relación con los ciudadanos, aunque no tengan la calificación de derechos fundamentales, como señala también el artículo 53.3, «podrán ser alegados ante la Jurisdicción ordinaria de acuerdo con lo que dispongan las Leyes que los desarrollen».

Las libertades comunitarias y el principio de reconocimiento mutuo

El Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) establece cuatro libertades fundamentales: la libre circulación de capitales, mercancías, personas y la prestación de servicios. En el marco de la libre circulación de mercancías, se prohíbe cualquier normativa comercial que obstaculice, directa o indirectamente, el comercio entre Estados miembros. El principio de reconocimiento mutuo establece que cualquier producto legalmente fabricado y comercializado en un Estado miembro, conforme a sus normas técnicas, debe ser admitido en el mercado de los demás. No obstante, existen excepciones justificadas por intereses generales no económicos, como la moralidad pública, el orden público o la seguridad pública.

El silencio administrativo negativo, la declaración responsable y las autorizaciones discrecionales

El silencio administrativo negativo y la declaración responsable

La declaración responsable es un documento donde el interesado manifiesta, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos legales para ejercer una actividad, dispone de la documentación que lo acredita y se compromete a mantener su cumplimiento. Su principal ventaja es que permite el inicio de la actividad desde el mismo día de su presentación.

Por otro lado, aunque la regla general es el silencio positivo, el silencio administrativo será negativo (desestimatorio) en supuestos críticos:

  • Cuando se ejerza el derecho de petición.
  • Cuando se transfieran facultades sobre el dominio público o servicios públicos.
  • Cuando se realicen actividades que puedan dañar el medio ambiente.
  • En procedimientos de responsabilidad patrimonial.

Las autorizaciones discrecionales: concepto y control

A diferencia de las autorizaciones regladas, en las que la Administración únicamente puede verificar si concurren los requisitos impuestos por el ordenamiento jurídico para su ejercicio, otorgándolas necesariamente, las autorizaciones discrecionales son aquellas en las que la Administración podrá apreciar en el momento de su otorgamiento razones de oportunidad, pudiendo, en consecuencia, otorgarla, denegarla o someterla al cumplimiento de determinados requisitos. La Administración Pública podrá elegir entre dos o más soluciones, válidas y legítimas todas ellas, con el límite fundamental de la arbitrariedad.

En cuanto a su control, a fin de evitar decisiones arbitrarias por la Administración en su otorgamiento, la decisión que se adopte sobre una autorización discrecional debe ser motivada, permitiendo así su control jurisdiccional. Podemos citar como ejemplos el permiso de armas o la licencia de apertura de local.

Subvenciones, reparto de competencias y ayudas de Estado en la Unión Europea

¿En qué supuestos procede la concesión directa de una subvención?

De acuerdo con el artículo 22 de la Ley General de Subvenciones, podrán concederse de forma directa las siguientes subvenciones:

  • Las previstas nominativamente en los Presupuestos Generales del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales, en los términos recogidos en los convenios y en la normativa reguladora de estas subvenciones.
  • Aquellas cuyo otorgamiento o cuantía venga impuesto a la Administración por una norma de rango legal, que seguirán el procedimiento de concesión que les resulte de aplicación de acuerdo con su propia normativa.
  • Con carácter excepcional, aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.

El reparto de competencias en subvenciones: la doctrina del Tribunal Constitucional

El Tribunal Constitucional (STC 13/1992) establece que el Estado no tiene un poder general para subvencionar, sino que debe ajustarse al orden competencial. Se distinguen cuatro supuestos:

  • Si la competencia es exclusiva de la Comunidad Autónoma, el Estado solo puede transferir fondos genéricos.
  • Si la competencia es compartida, el Estado fija las bases y la Comunidad Autónoma gestiona y concreta el destino.
  • Si el Estado tiene la legislación y la Comunidad Autónoma la ejecución, el Estado puede regular al detalle las condiciones.
  • Excepcionalmente, el Estado puede gestionar directamente la ayuda si es imprescindible para garantizar la igualdad de disfrute en todo el territorio o evitar que se supere la cuantía global de los fondos destinados al sector.

Las ayudas de Estado prohibidas y compatibles en la Unión Europea

Las ayudas de Estado están generalmente prohibidas si falsean la competencia al favorecer a determinadas empresas. Para ser considerada ayuda ilegal, debe cumplir los siguientes requisitos:

  • Tener un origen público.
  • Poseer un carácter selectivo (beneficiar a unas empresas frente a otras en igual situación).
  • Afectar a los intercambios comerciales entre Estados miembros.

Sin embargo, existen ayudas compatibles de pleno derecho: las de carácter social a consumidores individuales (sin discriminar por el origen del producto) y las destinadas a reparar daños por desastres naturales. También pueden considerarse compatibles las destinadas al desarrollo regional, proyectos de interés común europeo o el fomento de la cultura.

Servicio público, derecho a la huelga y modalidades de gestión

Relación entre servicio público y derecho a la huelga

Debido al carácter básico o esencial de los servicios públicos, deberán prestarse de forma continuada, ya sea permanente o regularmente, según las circunstancias. Este principio puede colisionar con otros derechos fundamentales, como el derecho a la huelga o el cierre patronal, razón por la cual el artículo 10.2 del Real Decreto-Ley 17/1977 prevé la posibilidad de fijar servicios mínimos:

«Cuando la huelga se declare en empresas encargadas de la prestación de cualquier género de servicios públicos o de reconocida e inaplazable necesidad y concurran circunstancias de especial gravedad, la Autoridad gubernativa podrá acordar las medidas necesarias para asegurar el funcionamiento de los servicios».

Las modalidades de gestión del servicio público (Directa e Indirecta)

La gestión de los servicios públicos se divide en dos grandes modalidades:

  • Gestión directa: Se produce cuando la Administración presta el servicio por sí misma, ya sea mediante su propia organización (centralizada) o a través de una entidad instrumental con personalidad jurídica propia, como Organismos Autónomos o Sociedades Mercantiles públicas (descentralizada).
  • Gestión indirecta: La prestación se encomienda a un particular mediante el contrato de concesión de servicios, siempre que la actividad sea susceptible de explotación económica y no implique ejercicio de autoridad. En este modelo, el concesionario asume el riesgo y ventura de la explotación, garantizando la continuidad, la no discriminación y el buen orden del servicio.

Autoridades Administrativas Independientes (AAI) y regulación de mercados

Técnicas para garantizar la independencia de las AAI

La independencia de las Autoridades Administrativas Independientes (AAI) se garantiza mediante tres técnicas fundamentales:

  1. Refuerzo de la legitimidad de sus órganos directivos: Se consigue mediante sistemas de nombramiento que aseguran la competencia profesional de los candidatos y el control parlamentario de su designación.
  2. Inamovilidad: Se garantiza limitando las causas de destitución, estableciendo mandatos superiores a la legislatura y prohibiendo la reelección, además de someter a los directivos a un estricto régimen de incompatibilidades.
  3. Autonomía financiera y de personal: Se asegura mediante patrimonio propio e independencia para seleccionar a su personal.

Regulación Horizontal vs. Regulación Vertical

Las AAI utilizan dos ejes de actuación regulatoria:

  • Regulación Horizontal: Se centra en las relaciones entre los distintos operadores del mercado para garantizar la igualdad efectiva y evitar el abuso de posiciones dominantes. Sus técnicas incluyen regular el acceso a las redes de infraestructuras, garantizar la interconexión entre ellas y fijar la financiación de los servicios universales.
  • Regulación Vertical: Interviene en la relación entre los operadores y los usuarios. Su fin es asegurar una prestación continuada, a precio asequible y con calidad. Para ello, impone obligaciones de servicio público (como el acceso en zonas rurales) y protege a los consumidores mediante inspecciones y sanciones.

Caso Práctico: Prescripción, Caducidad y Responsabilidad en el Derecho Administrativo Sancionador

Prescripción de las infracciones

Los plazos de prescripción de las infracciones se estructuran de la siguiente manera:

  • Leves: 6 meses.
  • Graves: 2 años.
  • Muy graves: 3 años.

El plazo comienza a contar desde el día en que se comete la infracción. El plazo se interrumpe con la notificación de la incoación del procedimiento. Atención: si el procedimiento se suspende por causas ajenas al presunto responsable durante más de 1 mes, se reinicia el plazo de prescripción desde cero.

Caducidad del procedimiento

El plazo de caducidad comienza con la incoación del procedimiento. El plazo máximo para resolver y notificar puede ser de 6 meses, 1 año, u otro periodo según determine la normativa aplicable.

Responsabilidad administrativa

Se rige por el principio de responsabilidad, requiriendo dolo o culpa del responsable. Cabe destacar que el sujeto responsable no tiene por qué ser necesariamente el propietario del bien o establecimiento.

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