Teoría del Título y el Modo: ¿Quién es el Propietario Real?

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Determinación de la propiedad: Teoría del título y del modo

Para determinar quién ostenta la propiedad en este momento, es necesario aplicar la teoría del título y del modo. Para que la transmisión de la propiedad sea efectiva, deben concurrir ambos elementos:

  • Título: Es el negocio jurídico antecedente en el que se funda la transmisión. En este caso, se trata de un contrato privado de compraventa que, aunque no se constituya en escritura pública ni se eleve al Registro de la Propiedad, es plenamente válido.
  • Modo (traditio): Es la entrega de la cosa. Si no se menciona explícitamente, podría entenderse que Pedro no ha tomado la posesión física al convertirse Manu en arrendatario de manera directa. Atendiendo a la teoría del título y del modo, lo que importa para que se produzca la traditio es que la posesión del adquirente, como titular, pueda ser reconocida por terceros.

Opinión jurídica sobre la transmisión

Existe una postura que sostiene que Pedro se ha convertido en el propietario de la finca al cumplirse el doble requisito de título y modo:

  • El contrato privado de compraventa (título) conlleva, de manera jurídicamente indirecta, la consumación de la compraventa al haberse producido la traditio.
  • No podría haberse pactado un contrato de arrendamiento a favor de Manu si, previamente, no se hubiera transmitido la posesión a Pedro.
  • Solo puede ser arrendador aquel que tiene en propiedad un bien, y solo puede ser arrendatario aquel que, no siendo propietario, desea entrar en la posesión de un bien.

El contrato privado de compraventa no solo actúa como título de venta, sino que, al incluir un contrato de arrendamiento, lleva implícita la traditio o reconocimiento mutuo de la transferencia de la posesión (artículo 1464 del Código Civil). Se observa un uso del derecho del comprador (Pedro), quien decide arrendar la finca, siendo consentido por el vendedor (Manu), quien acepta convertirse en arrendatario.

Conclusión sobre la validez de la compraventa

Si ha existido traditio (modo), la compraventa es válida a pesar de no estar inscrita, ya que prima el principio de libertad de forma de los contratos.

No obstante, existe una interpretación alternativa que sugiere que, al haber entrado Manu directamente como arrendatario, no ha existido una traditio efectiva y, por tanto, no se habría producido el traspaso de la propiedad a Pedro.

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