La Teoría Tridimensional del Derecho

Clasificado en Ciencias sociales

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El Derecho es un fenómeno complejo que puede ser analizado desde distintas perspectivas
La Teoría Tridimensional constituye una herramienta metodológica para la adecuada compresión de la realidad jurídica.
Esta Teoría analiza el derecho desde 3 puntos de vista:
  1. como un hecho social: punto de vista fáctico
  2. Como una norma: punto de vista normativo
  3. Como una representación de la justicia: punto de vista valorativo
El origen de esta Teoría se remonta a principios del siglo XX. Autores importantes: EMIL LASK y su obra “Filosofía del Derecho”
*Hay diferentes opiniones acerca de esta Teoría
La mayoría piensan que las 3 perspectivas deben estar bajo la comprensión totalizadora de la realidad jurídica.
Una minoría insiste en el carácter independiente y autónomo de cada una de ellas
*En cuanto a la ubicación científica de las distintas perspectivas:
A) Hay una mayoría que afirma que el derecho:
  1. como norma es competencia de la ciencia del derecho
  2. Como hecho social pertenece a la sociología del derecho
  3. Como valor a la filosofía del derecho
B) Una minoría opina que tanto el estudio del derecho como Norma, como hecho social y como valor le pertenecen a la Filosofía del Derecho.
Todas estas perspectivas desde las que puede ser contemplado en Derecho hace que nos demos
cuenta de la complejidad del fenómeno jurídico, que debe también ser contemplado con otras aportaciones teóricas tales como:
  • el origen del derecho
  • relaciones entre derecho y poder

El Origen del Derecho

En el viejo aforismo romano “Donde hay derecho hay sociedad y donde hay sociedad hay derecho”, se aprecia la relación entre sociedad y derecho.
Se ha podido comprobar que este aforismo es cierto, pues incluso los usos y costumbres de las sociedades
primitivas aparecen como un primer sistema normativo, aunque bien distinto al derecho actual que llamamos sistema jurídico.
En cuanto a las causas del origen del derecho
A) Para HUME serían:
  1. La escasez de bienes para todos
  2. El egoísmo de los hombres con respecto a los bienes a distribuir
  3. La igualdad física e intelectual de los individuos, es lo que los conduce a someter sus relaciones a un conjunto de reglas generalmente aceptadas
B) Según HART las causas son:
  1. La vulnerabilidad humana, que conduce al establecimiento de reglas que restringen el uno de la violencia
  2. La igualdad que evidencia la necesidad de un sistema de abstenciones y concesiones mutuas entre los hombres
  3. El altruismo limitado (amor al prójimo) que no puede evitar las tendencias a la agresión
  4. La limitación de loa recursos que hace indispensable la institución de la propiedad y su regulación jurídica
  5. La comprensión y fuerza de voluntad limitadas que lleva a los individuos al sacrificio de intereses inmediatos sometiéndose a reglas jurídicas en aras a unos beneficios mutuos
*Según DELGADO Los problemas que hacen necesaria la existencia de reglas son aquellos que plantean las relaciones entre los hombres, pues estos
aunque capaces de reconocer reglas comunes en beneficio de todos, actúan procurando su interés particular.
*Según BARBA poder es el hecho fundante básico de cualquier realidad jurídica, es decir es el hecho fundamental para que el derecho surja y
se establezca.

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