Tipos de Contratos de Trabajo en España: Características y Requisitos

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El contrato de trabajo es un acuerdo entre el empresario y el trabajador. Para que este sea válido, ambas partes deben estar de acuerdo. El contrato puede ser de forma escrita o verbal, pero cualquiera de las partes puede exigir que se formalice por escrito en cualquier momento.

Contratos Formativos

En Prácticas

  • Duración: No inferior a 6 meses ni superior a 2 años.
  • Jornada: Tiempo parcial o completo.
  • Periodo de prueba: Máximo 2 meses para grado superior, 1 mes para grado medio.
  • Salario: 60% del salario fijado en convenio para un trabajador que desempeñe el mismo o equivalente puesto de trabajo durante el primer año, 75% durante el segundo año. Nunca inferior al salario mínimo interprofesional.
  • Requisitos: Debe formalizarse por escrito.

De Formación y Aprendizaje

  • Destinatarios: Personas de 16 a 25 años sin titulación.
  • Duración: Mínimo 1 año, máximo 3 años.
  • Jornada: Incluye formación teórica no inferior al 25% el primer año y al 15% el segundo y tercer año.
  • Periodo de prueba: No mayor de 2 meses.
  • Salario: Fijado en convenio colectivo. Si hay menos de 25 trabajadores en la empresa, se aplicará el salario mínimo interprofesional en proporción al tiempo de trabajo efectivo.
  • Requisitos: Debe formalizarse por escrito.

Contratos de Duración Determinada

Por Obra o Servicio

  • Duración: Hasta que finalice la obra o servicio, con un máximo de 3 años.
  • Jornada: Tiempo completo o parcial.
  • Salario: El correspondiente al trabajo que se realice.
  • Requisitos: Debe formalizarse por escrito.

De Interinidad

  • Objetivo: Sustituir a un trabajador con derecho a reserva de su puesto de trabajo.
  • Duración: Hasta que el trabajador sustituido regrese a su puesto.
  • Jornada: Tiempo parcial o completo, según el trabajador sustituido.
  • Salario: Correspondiente a la categoría del trabajador sustituido.
  • Requisitos: Debe formalizarse por escrito, indicando el nombre del trabajador sustituido.

Contratos Indefinidos

Ordinario

  • Duración: Sin fecha de finalización.
  • Formalización: Puede ser escrito o verbal.
  • Jornada: Tiempo completo o parcial.
  • Requisitos: El trabajador debe estar dado de alta en la Seguridad Social después del periodo de prueba.

Fijo Discontinuo

  • Duración: Indefinida, pero la jornada se repite en ciertas fechas.
  • Salario: Correspondiente a su categoría.
  • Requisitos: Debe formalizarse por escrito.

Contratos a Tiempo Parcial

  • Formalización: Por escrito.
  • Horas complementarias: Los trabajadores pueden realizar horas complementarias, añadiendo horas de trabajo a la jornada pactada.
  • Salario: Proporcional a las horas trabajadas.

Jubilación Parcial

  • Requisitos: El trabajador debe tener 60 años si es a principio de mes y 61 en otros casos, 30 años cotizados y 6 años en la empresa.
  • Reducción de jornada y salario: Entre un 25% y un 75%, y hasta un 85% si el contrato de relevo es indefinido y a jornada completa.

Contratación por Empresas de Trabajo Temporal (ETT)

Las ETT sirven para conseguir un primer trabajo, pero existen limitaciones:

  • No se pueden contratar trabajadores para trabajos peligrosos, expuestos a radiación, etc.
  • No se permite la cesión de trabajadores a otras ETT.
  • No se puede sustituir a trabajadores en huelga.

Existen dos relaciones contractuales: entre la ETT y la empresa usuaria, y entre la ETT y el trabajador.

Contenido del Contrato de Trabajo

Todo contrato de trabajo debe incluir:

  • Tipo de contrato.
  • Identidad de las partes contratantes.
  • Puesto de trabajo.
  • Domicilio de la empresa.
  • Jornada laboral.
  • Fecha de inicio.
  • Periodo de prueba.
  • Salario.
  • Vacaciones.
  • Plazo de preaviso para la extinción del contrato.
  • Convenio colectivo aplicable.
  • Firma de ambas partes.

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