Tipos de Contratos Laborales en España: Características y Bonificaciones Clave

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Contrato Indefinido

  • No exige requisitos específicos.
  • Duración indefinida.
  • Regulado por convenio colectivo o contrato individual (salario no inferior al Salario Mínimo Interprofesional - SMI).
  • Indemnización por despido improcedente: 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades.
  • No tiene bonificaciones asociadas.
  • Puede ser a tiempo completo o parcial. Debe formalizarse por escrito y en modelo oficial.

Contrato para Emprendedores

(Empresas con menos de 50 trabajadores)

  • Dirigido a empresas con menos de 50 trabajadores.
  • Duración indefinida.
  • Regulado por convenio colectivo o contrato individual (salario no inferior al SMI).
  • Indemnización por despido improcedente: 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades.
  • Bonificaciones:
    • Para trabajadores menores de 30 años: 3.000€.
    • Para desempleados: 50% de la prestación por desempleo.
    • Bonificaciones en Seguridad Social para trabajadores de 16 a 30 años: 1.000€, 1.100€, 1.200€ (mujeres +100€).
  • Debe formalizarse por escrito. Incluye un periodo de prueba de 1 año.

Contrato para Microempresas

(Empresas con menos de 10 trabajadores)

  • Dirigido a empresas con menos de 10 trabajadores. Requiere no haber realizado despidos en los 6 meses previos y mantener el nivel de empleo durante 1 año.
  • Duración indefinida.
  • Regulado por convenio colectivo o contrato individual (salario no inferior al SMI).
  • Indemnización por despido improcedente: 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades.
  • Bonificación en Seguridad Social: 100% de la cuota empresarial por contingencias comunes durante 1 año.
  • Puede ser a tiempo completo o parcial. Debe formalizarse por escrito y en modelo oficial.

Contrato para Nuevos Proyectos de Emprendimiento

  • Dirigido a trabajadores de 45 o más años (desempleados) y empresarios menores de 30 años (asalariados). Requiere mantener el empleo durante 18 meses.
  • Duración indefinida.
  • Regulado por convenio colectivo o contrato individual (salario no inferior al SMI).
  • Indemnización por despido improcedente: 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades.
  • Bonificación en Seguridad Social: 100% de la cuota empresarial por contingencias comunes durante 1 año.
  • Puede ser a tiempo completo o parcial. Debe formalizarse por escrito y en modelo oficial.

Contrato Indefinido Bonificado

  • Condición: No haber realizado despidos en los 6 meses anteriores (periodo de referencia: 01/03/2015 al 31/08/2016).
  • Sin duración específica.
  • Regulado por convenio colectivo o contrato individual (salario no inferior al SMI).
  • Bonificación en Seguridad Social: Reducción de 500€ en la base mensual de la empresa para contratos a tiempo completo (proporcional para tiempo parcial). Aplicable durante 24 meses.
  • Puede ser a tiempo completo o parcial. Debe formalizarse por escrito y en modelo oficial.

Contrato por Obra o Servicio Determinado

  • Debe especificar la obra o servicio concreto.
  • Duración ligada a la finalización de la obra o servicio, con un máximo de 3 años (ampliable a 4 por convenio colectivo).
  • Regulado por convenio colectivo o contrato individual (salario no inferior al SMI).
  • Indemnización por fin de contrato: 12 días por año trabajado.
  • Puede ser a tiempo completo o parcial. Debe formalizarse por escrito y en modelo oficial.

Contrato Eventual por Circunstancias de la Producción

  • Justificado por necesidades circunstanciales de la producción.
  • Duración máxima de 6 meses dentro de un periodo de 1 año (ampliable a 12 meses en un periodo de 18 meses por convenio colectivo).
  • Indemnización por fin de contrato: 12 días por año trabajado.
  • Puede ser a tiempo completo o parcial. Debe formalizarse por escrito y en modelo oficial (obligatorio si la duración es superior a 4 semanas).

Contrato de Interinidad

  • Finalidad: Sustitución de trabajadores con derecho a reserva de puesto de trabajo o para cubrir temporalmente un puesto durante un proceso de selección.
  • Duración: Hasta la reincorporación del trabajador sustituido o la finalización del proceso de selección.
  • Regulado por convenio colectivo o contrato individual (salario no inferior al SMI).
  • Sin indemnización por fin de contrato.
  • Bonificaciones en Seguridad Social para el cuidado de familiares: Si se contrata a un desempleado que percibe prestación, bonificación del 95%, 60% o 50% de la cuota empresarial por contingencias comunes durante 12 meses.
  • Puede ser a tiempo completo (o parcial si el sustituido lo era). Periodo de prueba de hasta 6 meses (o 1 año para técnicos titulados). Debe formalizarse por escrito y en modelo oficial.

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