Tipos de contratos laborales en España: indefinido, temporal y formativos

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Contratos de trabajo en España

Contrato indefinido ordinario

Es el contrato sin fecha determinada, también aquel en que el trabajador no se hubiese dado de alta en la Seguridad Social, no se hubiese realizado de forma escrita y fuese necesario, y el celebrado en fraude de ley. No hay requisitos para las partes. Jornada completa o parcial.

Fomento a la contratación indefinida

Para contratar al colectivo con menor contratación. Si se despide a alguien por causas objetivas y luego se declara improcedente, la indemnización es de 33 días por año, con un máximo de 24 mensualidades. El colectivo incluye desempleados de 16 a 30 años, mayores de 45 con 6 meses de paro, personas con minusvalía y víctimas de violencia de género. Jornada completa o parcial.

Contrato temporal de duración determinada

Obra o servicio determinado

Para realizar una obra o servicio con autonomía y sustantividad propia dentro de la empresa, debiendo identificarse claramente la obra o servicio, con jornada completa o parcial y la duración necesaria para la realización de la obra o servicio.

Eventual por circunstancias de la producción

Para atender unas exigencias circunstanciales como acumulación o exceso de tareas. Puede ser verbal si es inferior o superior a 4 semanas. Jornada completa o parcial. Duración: máximo 6 meses en un periodo de 12 meses. En convenio sectorial puede ser de 18 meses.

De interinidad

Para sustituir a un trabajador con reserva del puesto o cubrir un puesto durante el proceso de selección. Tiene derecho a bonificación según casos. Jornada completa o parcial. Duración: mientras dure el derecho a reserva, o 3 meses para procesos de selección.

Contratos formativos

Contrato de prácticas

Para obtener la práctica profesional adecuada a los estudios cursados.

  • Requisitos: tener título universitario, técnico o técnico superior en la profesión, o títulos equivalentes para el ejercicio profesional, no haber pasado más de 5 años desde la finalización de los estudios (o 6 si se tiene minusvalía).
  • Duración: de 6 meses a 2 años.
  • Jornada: parcial o completa.
  • Retribución: no menor al 60% el primer año y al 75% el segundo año del salario fijado en convenio para ese puesto.

Contrato para la formación y el aprendizaje

Para obtener la formación teórico-práctica necesaria para desempeñar un oficio o puesto.

  • Requisitos: mayores de 16 años y menores de 25 años, sin cualificación. También para mayores de 25 años en los casos previstos legalmente.
  • Duración: mínimo 1 año, ampliable a 2, y hasta 3 por convenio.
  • Jornada: completa o parcial, con un 15% dedicado a formación.
  • Retribución: fijada en convenio, no puede ser inferior al SMI, en proporción al tiempo de trabajo efectivo.

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