Tipos de Contratos Laborales y Gestión de Nóminas: Todo lo que Debes Saber
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1. Formalización del Contrato
El contrato puede ser escrito o verbal. Se aplica a los contratos indefinidos y al contrato eventual por circunstancias de la producción a tiempo completo (inferior a 4 semanas). Los elementos esenciales son:
- Identidad del empresario y trabajador.
- Tiempos de trabajo.
- Categoría del puesto de trabajo.
- Salario.
- Vacaciones.
- Convenio colectivo.
- Plazos de preaviso para finalizar el contrato.
2. Validez y Requisitos
- Entregar copia del contrato al trabajador.
- Entregar copia básica a los representantes de los trabajadores para su firma.
- Comunicar y entregar a la Oficina de Empleo una copia básica firmada por los representantes de los trabajadores.
3. Duración y Conversión a Indefinido
El contrato puede ser indefinido o de duración determinada. Se considerará indefinido cuando:
- La empresa no dé de alta al trabajador en la Seguridad Social.
- El contrato debiera haberse formalizado por escrito y no se hizo.
- Los contratos se realicen en fraude de ley.
- Se superen los 24 meses en un periodo de 30 meses.
- Una vez finalizado el contrato temporal, el trabajador continúe prestando servicios.
4. Periodo de Prueba
- 6 meses para técnicos titulados.
- 2 meses para el resto, salvo en empresas con menos de 25 trabajadores, donde el límite es de 3 meses.
5. Modalidades de Contratación
1. Indefinido
2. Formación y Aprendizaje
- Edad: 16-25 años (hasta 30 años).
- Requisito: No tener cualificación profesional ni haber estado 12 meses en la misma empresa.
- Duración: 1-3 años.
- Retribución: 75%, 85% y 85% de la jornada.
3. Prácticas
- Requisito: Título universitario, FP medio o superior (no más de 5 años desde la obtención).
- Forma: Escrito.
- Duración: 6 meses a 2 años (máximo 2 años en el mismo puesto).
- Retribución: 60% y 75%.
- Periodo de prueba: Menos de 1 mes para grado medio, 2 meses para superior.
4. Relevo
- Requisito: Estar inscrito en la oficina de empleo.
- Duración: Hasta la jubilación del jubilado, con jornada equivalente al jubilante.
5. A Tiempo Parcial
- Definición: Realizar la prestación de servicios durante un número de horas al día, semana o año inferior a la de un trabajador comparable.
- Forma: Escrito.
- Horas extraordinarias: Solo permitidas si el contrato es indefinido.
6. Empresas de Trabajo Temporal (ETT)
El trabajador firma con la ETT y esta con la empresa usuaria (contrato de puesta a disposición). Siempre debe ser por escrito y se aplica el convenio colectivo de la empresa usuaria. No se realizará el contrato para:
- Sustituir a trabajadores en huelga.
- Si en los 12 meses anteriores la empresa ha despedido a trabajadores para ese mismo puesto.
- Ceder trabajadores a otras ETT.
7. Gestión de Nóminas
1. Devengos
- A) Percepciones salariales: Lo que el trabajador gana.
- B) Percepciones extrasalariales: Lo que el trabajador gasta.
- Total Devengos
2. Bases de Cotización
- A) BCCC: Percepciones salariales (sin horas extra) + prorrateo pagas extra + exceso percepciones extrasalariales.
- B) BCCP: BCCC + horas extra.
- C) Base de horas extra por fuerza mayor.
- D) Horas extra normales.
- E) IRPF: Salariales + exceso de extrasalariales según cuadro.
3. Deducciones
- A) BCCC: 4,7% de la BCCC.
- B) Desempleo: Si es contrato temporal 1,6% de la BCCP; si es contrato indefinido 1,55%.
- C) FP: 0,1% de la BCCP.
- D) Horas extra: Por fuerza mayor 2% de la cuantía; normales 4,7%.
- E) IRPF: Según el porcentaje aplicable.