Tipos de Contratos Laborales y Gestión de Nóminas: Todo lo que Debes Saber

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1. Formalización del Contrato

El contrato puede ser escrito o verbal. Se aplica a los contratos indefinidos y al contrato eventual por circunstancias de la producción a tiempo completo (inferior a 4 semanas). Los elementos esenciales son:

  • Identidad del empresario y trabajador.
  • Tiempos de trabajo.
  • Categoría del puesto de trabajo.
  • Salario.
  • Vacaciones.
  • Convenio colectivo.
  • Plazos de preaviso para finalizar el contrato.

2. Validez y Requisitos

  • Entregar copia del contrato al trabajador.
  • Entregar copia básica a los representantes de los trabajadores para su firma.
  • Comunicar y entregar a la Oficina de Empleo una copia básica firmada por los representantes de los trabajadores.

3. Duración y Conversión a Indefinido

El contrato puede ser indefinido o de duración determinada. Se considerará indefinido cuando:

  • La empresa no dé de alta al trabajador en la Seguridad Social.
  • El contrato debiera haberse formalizado por escrito y no se hizo.
  • Los contratos se realicen en fraude de ley.
  • Se superen los 24 meses en un periodo de 30 meses.
  • Una vez finalizado el contrato temporal, el trabajador continúe prestando servicios.

4. Periodo de Prueba

  • 6 meses para técnicos titulados.
  • 2 meses para el resto, salvo en empresas con menos de 25 trabajadores, donde el límite es de 3 meses.

5. Modalidades de Contratación

1. Indefinido

2. Formación y Aprendizaje

  • Edad: 16-25 años (hasta 30 años).
  • Requisito: No tener cualificación profesional ni haber estado 12 meses en la misma empresa.
  • Duración: 1-3 años.
  • Retribución: 75%, 85% y 85% de la jornada.

3. Prácticas

  • Requisito: Título universitario, FP medio o superior (no más de 5 años desde la obtención).
  • Forma: Escrito.
  • Duración: 6 meses a 2 años (máximo 2 años en el mismo puesto).
  • Retribución: 60% y 75%.
  • Periodo de prueba: Menos de 1 mes para grado medio, 2 meses para superior.

4. Relevo

  • Requisito: Estar inscrito en la oficina de empleo.
  • Duración: Hasta la jubilación del jubilado, con jornada equivalente al jubilante.

5. A Tiempo Parcial

  • Definición: Realizar la prestación de servicios durante un número de horas al día, semana o año inferior a la de un trabajador comparable.
  • Forma: Escrito.
  • Horas extraordinarias: Solo permitidas si el contrato es indefinido.

6. Empresas de Trabajo Temporal (ETT)

El trabajador firma con la ETT y esta con la empresa usuaria (contrato de puesta a disposición). Siempre debe ser por escrito y se aplica el convenio colectivo de la empresa usuaria. No se realizará el contrato para:

  • Sustituir a trabajadores en huelga.
  • Si en los 12 meses anteriores la empresa ha despedido a trabajadores para ese mismo puesto.
  • Ceder trabajadores a otras ETT.

7. Gestión de Nóminas

1. Devengos

  • A) Percepciones salariales: Lo que el trabajador gana.
  • B) Percepciones extrasalariales: Lo que el trabajador gasta.
  • Total Devengos

2. Bases de Cotización

  • A) BCCC: Percepciones salariales (sin horas extra) + prorrateo pagas extra + exceso percepciones extrasalariales.
  • B) BCCP: BCCC + horas extra.
  • C) Base de horas extra por fuerza mayor.
  • D) Horas extra normales.
  • E) IRPF: Salariales + exceso de extrasalariales según cuadro.

3. Deducciones

  • A) BCCC: 4,7% de la BCCC.
  • B) Desempleo: Si es contrato temporal 1,6% de la BCCP; si es contrato indefinido 1,55%.
  • C) FP: 0,1% de la BCCP.
  • D) Horas extra: Por fuerza mayor 2% de la cuantía; normales 4,7%.
  • E) IRPF: Según el porcentaje aplicable.

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