Tipos de Contratos Laborales y Gestión de la Relación Laboral

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Modalidades de contratos

Tipos de contratos

  • Indefinido: En caso de fraude, falta de forma escrita o falta de alta en la Seguridad Social.
  • Indefinido de apoyo a emprendedores: Con periodo de prueba de 1 año.
  • Eventual por circunstancias de la producción: Por exigencias circunstanciales.
  • Primer empleo joven: Para menores de 30 años en su primera experiencia profesional.
  • Contrato por obra o servicio determinado.
  • Contrato de interinidad: Para sustitución de trabajadores.
  • Tiempo parcial o fijo-discontinuo: Jornada reducida, puede dividirse.
  • Contrato de relevo: Sustitución de un trabajador prejubilado.
  • Contrato en prácticas: Para titulados de FP o Universidad.
  • Formación y aprendizaje: Para personas de 16 a 25 años con proporción de formación.

Empresas de Trabajo Temporal (ETT)

Las ETT establecen con la empresa usuaria un contrato de puesta a disposición por escrito y bajo modelo oficial, con el objetivo de ceder trabajadores para servicios de forma temporal en los siguientes casos:

  • Obra o servicio determinado.
  • Exigencias circunstanciales del mercado, acumulación o exceso de producción.
  • Sustituir a trabajadores con derecho a reserva del puesto de trabajo.
  • Cubrir un puesto mientras dure el proceso de selección (entrevistas).

Puesta a disposición

Es una relación triangular donde el trabajador tiene dos empresas: la ETT (que representa al trabajador y busca el lugar de trabajo) y la empresa usuaria. El contrato debe incluir:

  • Identificación de las partes contratantes.
  • Identificación de la empresa usuaria.
  • Causa del contrato.
  • Contenido de la prestación laboral.
  • Riesgos profesionales del puesto de trabajo.
  • Duración estimada.
  • Lugar y horario.
  • Remuneración.

Contrato indefinido con la ETT

Debe incluir:

  • Identificación de la empresa usuaria.
  • Causas de contratación.
  • Contenido de la prestación laboral.
  • Riesgo profesional del puesto de trabajo.
  • Lugar y horario.

La ETT se hará cargo del convenio colectivo, salario y Seguridad Social. La empresa usuaria se hará cargo del poder de dirección y control de la actividad laboral.

Modificación, suspensión y extinción de la relación laboral

Modificación en el contrato de trabajo

Las condiciones laborales fijadas en el contrato pueden ser modificadas por el empresario para adaptarlas a las necesidades de la empresa, siempre que se cumplan los requisitos legales.

Movilidad funcional

  • Horizontal: Mismo grupo profesional de acuerdo a la titulación.
  • Vertical:
    • Ascendente: Funciones superiores.
    • Descendente: Funciones inferiores.

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