Tipos de Contratos Temporales y Normativa de Contratación Laboral
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Contratos temporales
Contrato de obra o servicio
Objeto
- Obra o servicio concreto cuya duración está limitada en el tiempo.
- Se utiliza para realizar obras y servicios con autonomía propia dentro de la actividad de la empresa y que pueden diferenciarse claramente de la actividad ordinaria.
Duración
- Depende de cuándo finalice la obra o servicio. Suele indicarse bajo la cláusula "hasta fin de obra".
- El máximo legal es de 3 años, ampliable 12 meses más por convenio colectivo.
- Al ser la duración incierta, si esta es superior a un año, el empresario deberá preavisar con 15 días de antelación. Si finaliza la duración pactada y el empleado continúa prestando servicios, adquiere la condición de trabajador fijo.
Indemnización
- Al finalizar cada contrato de obra, el empresario pagará una indemnización de 12 días de salario por cada año trabajado.
- Los convenios colectivos pueden mejorar esta cuantía de indemnización.
Contrato eventual por circunstancias de la producción
Objeto
- Hacer frente al incremento coyuntural del trabajo: por acumulación de tareas, exceso de pedidos o situaciones similares.
Duración e indemnización
- No puede ser superior a 6 meses en un periodo de 12 meses, salvo que se amplíe a 12 meses en un periodo de 18 meses por convenio colectivo.
- Se podrá realizar una sola prórroga.
- El trabajador tiene derecho a la misma indemnización que en el contrato de obra y servicio (12 días por año).
Contrato de interinidad
Objeto
- Sustituir a otro trabajador que tiene reservado su puesto de trabajo por situaciones de baja laboral, maternidad, paternidad, etc.
- Las sentencias judiciales no permiten que se utilicen para sustituir vacaciones; en ese caso, se debe utilizar el contrato eventual.
Duración e indemnización
- Por sustituición: hasta que se reincorpore el trabajador sustituido, siempre que este mantenga su derecho de reserva. En caso de no reincorporarse, el interino no tiene derecho automático a consolidar su puesto.
- También se utiliza para la selección de vacantes durante un proceso de selección o promoción.
- Este contrato no tiene indemnización por finalización de contrato.
Primer empleo joven
Objeto
- Dirigido a jóvenes menores de 30 años desempleados que no tengan experiencia profesional previa o que esta sea inferior a 3 meses.
Duración e indemnización
- Mínimo de 3 meses y máximo de 6 meses, salvo que el convenio establezca un periodo superior de hasta 12 meses.
- Misma indemnización que el contrato de obra y servicio (12 días por año).
Encadenamiento de contratos temporales
- Un trabajador que concatene diferentes contratos por circunstancias de la producción o primer empleo joven puede adquirir la condición de fijo en la empresa.
- Al cumplirse los 24 meses de trabajo en un periodo de 30 meses, la empresa dispone de un plazo de 10 días para comunicar formalmente la condición de fijo.
- El trabajador también puede acudir al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) para que le certifique los contratos temporales realizados y así poder acreditar legalmente su condición de trabajador fijo.