Tipos de control, responsabilidad y probidad administrativa
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Tipos de control
Hay diferentes tipos de control: control político (parlamentario y popular), control administrativo (legalidad y financiero).
Interno o Jerárquico, sumario control interno.
Control de legalidad, de oficio, mediante potestades sancionadora o disciplinaria, a petición de los administrados recursos administrativos no contenciosos.
Modalidades:
- Preventivo (art. 10 º LOCCGR)
- A posteriori (en general juicio de cuentas, cf. CGR)
Control jurisdiccional.
Control de opinión pública, son los controles administrativos y jurisdiccionales que interesan principalmente al curso, tienen por finalidad ajustar la conducta administrativa conforme a los mandatos de la constitución y de la ley.
Responsabilidad
Concepto: La responsabilidad es la obligación que pesa sobre la persona de cumplir una sanción o de indemnizar los perjuicios que ha causado a terceros.
Probidad Administrativa
Ideas preliminares:
- La corrupción es un problema global.
- La sociedad civil cada vez tolera menos la corrupción.
- Cambios en la gestión pública - en los paradigmas administrativos - deben traer cambios en los sistemas de control.
Concepto básico: La RAE identifica el término "Probidad" con "honradez" y define esta, a su vez, como "rectitud de ánimo, integridad en el obrar".
El principio de probidad administrativa encuentra su fundamento en el funcionamiento democrático de la sociedad y al fin de cuentas en el interés general, es antes que todo un principio moral o ético que se opone a la corrupción. La definición y alcance de lo que se entiende por corrupción determinará los mecanismos para combatirla.