Tipos de control, responsabilidad y probidad administrativa

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Tipos de control

Hay diferentes tipos de control: control político (parlamentario y popular), control administrativo (legalidad y financiero).

Interno o Jerárquico, sumario control interno.

Control de legalidad, de oficio, mediante potestades sancionadora o disciplinaria, a petición de los administrados recursos administrativos no contenciosos.

Modalidades:

  • Preventivo (art. 10 º LOCCGR)
  • A posteriori (en general juicio de cuentas, cf. CGR)

Control jurisdiccional.

Control de opinión pública, son los controles administrativos y jurisdiccionales que interesan principalmente al curso, tienen por finalidad ajustar la conducta administrativa conforme a los mandatos de la constitución y de la ley.


Responsabilidad

Concepto: La responsabilidad es la obligación que pesa sobre la persona de cumplir una sanción o de indemnizar los perjuicios que ha causado a terceros.


Probidad Administrativa

Ideas preliminares:

  • La corrupción es un problema global.
  • La sociedad civil cada vez tolera menos la corrupción.
  • Cambios en la gestión pública - en los paradigmas administrativos - deben traer cambios en los sistemas de control.

Concepto básico: La RAE identifica el término "Probidad" con "honradez" y define esta, a su vez, como "rectitud de ánimo, integridad en el obrar".

El principio de probidad administrativa encuentra su fundamento en el funcionamiento democrático de la sociedad y al fin de cuentas en el interés general, es antes que todo un principio moral o ético que se opone a la corrupción. La definición y alcance de lo que se entiende por corrupción determinará los mecanismos para combatirla.

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