El Usufructo en Derecho Romano: Origen, Tipos y Características

Clasificado en Derecho

Escrito el en español con un tamaño de 2,4 KB

El Usufructo en Derecho Romano

Origen del Usufructo

El origen del usufructo se basa en su estrecha relación con las disposiciones mortis causa. A la muerte del paterfamilias, se trataba de asegurar a su viuda condiciones de vida similares a las que había tenido, respetando los derechos de los hijos como herederos. Esta necesidad se hacía patente en el matrimonio sine manu, ya que en el cum manu la mujer entraba en la sucesión como una hija más. El usufructo surgió como respuesta a la prohibición de los matrimonios sine manu, en la época en que la expansión de Roma había provocado un cambio de costumbres. Por todo ello, tiene carácter temporal.

Definición y Tipos de Usufructo

El usufructo es un derecho sobre cosas ajenas (ius alienis rebus) que permite usarlas y percibir sus frutos, dejando a salvo su sustancia (salva rerum substantia). Aunque la posición jurídica del usufructuario comprime las facultades del propietario, el derecho de propiedad recupera su contenido originario en virtud de la elasticidad del dominio. No se trata de que las facultades del derecho de propiedad queden desmembradas, sino de separar el dato económico de la construcción jurídica.

Ius Utendi Fruendi

El contenido del usufructo es el de un ius utendi fruendi, derecho de usar la cosa y percibir sus frutos. Para que los derechos de propiedad y usufructo sobre una misma cosa resulten compatibles, es necesario señalar límites al contenido de las facultades de uso y disfrute del usufructuario: este debe respetar la naturaleza y destino económico de la cosa.

Salva Rerum Substantia

El usufructo confiere a su titular, el usufructuario, el derecho a usar ampliamente la cosa gravada con el usufructo y a percibir sus frutos, salva rerum substantia. El propietario de la cosa usufructuada conserva la nuda proprietas.

Constitución del Usufructo

El usufructuario debe prestar la cautio usufructuaria antes de recibir la cosa en usufructo. Su constitución se basa en:

  • Legado vindicatorio
  • Mancipatio
  • In iure cessio
  • Enajenación de la cosa (reserva transmitente)
  • Adiudicatio
  • Pactiones et stipulationes (en provincias)
  • Traditio et patientia

Entradas relacionadas: