Vale vista endosable ejemplo

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Otra manera de “defensa” de la Constitución consiste en establecer un procedimiento de reforma de carácter rígido. Se impide así́, por un lado, que la necesaria adecuación de la Constitución a las nuevas exigencias de la sociedad, por otro, al fijarse Mayores dificultades que las previstas para el cambio o modificación de la legislación Ordinaria o, incluso, orgánica, se impide también que la reforma se haga sin contar con Un consenso suficiente. Como suele decirse: la reforma sólo debe formalizarse si cuenta con el mismo respaldo que obtuvo el proceso de aprobación de la Constitución. La historia ha conocido tres posiciones diferentes en Relación con este aspecto tan importante de la Teoría de la Constitución. Las dos Primeras representan dos puntos de vista extremos que hoy no defiende nadie: uno, el de La prohibición expresa de la reforma y el otro, el de la obligación de reformarla cada Cierto tiempo (por ejemplo: cada 25 años). La tercera, que es la posición más razonable  es la que trata de combinar por un lado el principio de estabilidad y por otro el de la Necesaria adaptación a los cambios sociales, económicos y políticos. De ahí́ que, como Decimos, en la mayoría de las Constituciones esté previsto un procedimiento especial de reforma en el que se contemplan diferentes “técnicas de dificultad” 

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