Fines de Interés General en Fundaciones: Requisitos Constitucionales y Rol de los Beneficiarios
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Fines de Interés General en Fundaciones y la Figura del Beneficiario
Existen numerosas razones para considerar que el novedoso derecho de fundación, reconocido en el artículo 34 de la Constitución Española, se establece precisamente en atención a los fines de interés general que las fundaciones deben desarrollar. Dicha caracterización de los fines fundacionales es similar a la empleada por el artículo 35.1 del Código Civil al referirse a corporaciones, asociaciones y fundaciones de interés público; no obstante, la mejora y concreta, al poner de manifiesto que los fines fundacionales deben atender tanto a la actividad de la fundación en sí misma como a los beneficiarios (actuales o potenciales) de sus actividades. Así, por ejemplo,... Continuar leyendo "Fines de Interés General en Fundaciones: Requisitos Constitucionales y Rol de los Beneficiarios" »