Objeto de los Contratos: Definición, Requisitos y Casos Especiales
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Disposiciones Generales
El objeto del contrato se rige por las disposiciones de la Sección 1a, Capítulo 5, Título IV del Libro Primero de este Código. Debe ser lícito, posible, determinado o determinable, susceptible de valoración económica y corresponder a un interés de las partes, aun cuando este no sea patrimonial.
Objetos Prohibidos
No pueden ser objeto de los contratos los hechos que son imposibles o están prohibidos por las leyes, son contrarios a la moral, al orden público, a la dignidad de la persona humana, o lesivos de los derechos ajenos; ni los bienes que por un motivo especial se prohíbe que lo sean. Cuando tengan por objeto derechos sobre el cuerpo humano, se aplican los artículos 17 y 56.
Determinación del Objeto
Cuando... Continuar leyendo "Objeto de los Contratos: Definición, Requisitos y Casos Especiales" »