Consecuencias de la Quiebra: Efectos Personales y Patrimoniales
Clasificado en Derecho
Escrito el en español con un tamaño de 4,41 KB
Efectos Personales y Patrimoniales de la Quiebra
La declaración de quiebra conlleva una serie de efectos tanto personales como patrimoniales para el fallido. A continuación, se detallan estos efectos:
Efectos Personales
Los efectos personales de la quiebra, a partir de la suscripción del juez del decreto de quiebra, comprenden:
- Obligación de cooperación del fallido: El fallido debe prestar la colaboración que le sea requerida en cuestiones atinentes a la quiebra, para el esclarecimiento de la situación patrimonial y la determinación de los créditos. Debe comparecer cuando sea citado, o se lo conduce por la fuerza pública. Sin embargo, la falta de cooperación no libera al síndico de realizar las investigaciones necesarias.
- Autorización