Organización Institucional y Orden Competencial en las Comunidades Autónomas
Clasificado en Derecho
Escrito el en
español con un tamaño de 2,76 KB
Organización Institucional de las Comunidades Autónomas
En la Constitución Española (CE), solo se exigía una forma determinada de organización institucional para aquellas Comunidades Autónomas (CCAA) que, por el artículo 151, accedían al máximo nivel de competencias, como Cataluña, Andalucía, País Vasco y Galicia. El resto reprodujeron la organización, que no era obligatoria, resultando en una estructura similar en todas las CCAA.
En cuanto al gobierno, es similar al formato del ejecutivo central, con un presidente y un consejo de gobierno. Son gobiernos parlamentarios surgidos de las mayorías de la cámara, siguiendo un modelo de parlamento racionalizado. Las CCAA no tienen competencia en relación con el poder judicial.